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 Debate

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Xiki
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MensajeTema: Debate   Dom Oct 04, 2009 12:46 pm

Abro el debate sobre la elección de Timbaler y Senyor Xaubet, como Rector y Vicerector de la Universidad Ramon Llul.
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ramirodearagon
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MensajeTema: Re: Debate   Lun Oct 05, 2009 10:26 pm

A Ramiro se le escapaba un detalle. Leía, leía y no encontraba respuesta a su pregunta. Decidió preguntarles a los otros síndicos:
-Hay una parte del comunicado que no entiendo. ¿Quién es el Vicerrector? ¿Que funciones cumple? ¿Se encargará de presidir las sesiones de las cortes acaso? ¿Trabajará junto con el CDC en el mantenimiento de las minas?
Ramiro sonrió y continuó -Se bien que significa la palabra "Vicerrector". El problema es que su función no está especificada en ningún lado. Dicho esto Ramiro se acomodó en su butaca y se preparo a escuchar las réplicas de los otros síndicos.
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Heents
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MensajeTema: Re: Debate   Mar Oct 06, 2009 4:05 pm

Pues yo entiendo que es el que se ocupa del puesto del Rector si este deja el cargo si avisar o muy rápidamente.

Realmente si no es así no le encuentro muy sentido

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Xiki
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MensajeTema: Re: Debate   Mar Oct 06, 2009 5:45 pm

Xiki dijo:

El vicerector sustituirá al rector cuando él no podrá ejercerlo, y también estará a la "recamara" cuando el rector tenga que dejar el cargo urgentemente

Son palabras de Oceanhero. Si hay más preguntas adelante.
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Heents
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MensajeTema: Re: Debate   Mar Oct 06, 2009 8:00 pm

"Bien pues lo que había dicho yo" dijo satisfecho Heents

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ramirodearagon
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MensajeTema: Re: Debate   Mar Oct 06, 2009 9:00 pm

Esta bien, lo dice Oceanhero. Pero no está estipulado en ningún lado. Lo que diga el gobernador no es ley y menos constitución. Si vamos a atenernos a lo que hicieron nuestros predesesores, que rechazaron el estatuto del Colegio de Abogados de Cataluña por establecer una figura que no estaba estipulada en ninguna ley superior, no deberiamos votar que si a esto. Aclaro que el acta de esta sesión desapareció del archivo, por si alguien quiere buscar es la cuarta del primer período.

Para finalizar, una pregunta a todos. Hoy Oceanhero dice que el Vicerrector es lo que dijo Xiki. ¿Que pasa si mañana dice otra cosa?
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Xiki
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MensajeTema: Re: Debate   Mar Oct 06, 2009 9:22 pm

Que tiene que decir, ya se entiende que el vicerector sustituye al rector. Un viecerector no puede hacer mas cosas, sustituir al rector y punto.

¿No se que pensais?
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ramirodearagon
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MensajeTema: Re: Debate   Mar Oct 06, 2009 9:50 pm


¿Xiki, quién dice que el vicerrector no puede hacer más cosas? Alguein lo dice, pero no está escrito. A ver señores síndicos, un cargo no puede estar basado en la palabra de un Gobernador. Tiene que estar reglamentado, con sus derechos, responsabilidades, funciones, etc.
Les daré un ejemplo.
Citación:
2) Presidente: Representante legal del Colegio en todo aquello que los Estatutos no deleguen expresamente al Directorio o Consejo como tal o a las Asambleas Generales.
3) Vicepresidente: Colaborará con el Presidente en las materias que a éste corresponde. El Vicepresidente tendrá a su cargo la supervisión del Secretario del Colegio.
Esto es un extracto del estatuto del CAC. Aquí dice que el "vice" del presidente no se encarga de suplantarlo en caso de ausencia, sino de otras cosas. Todo bien estipulado. Nada de cosas en el aire.

Ahora otro ejemplo, en el cuál se rechazó un estatuto por figurar una figura inexistente para la ley actual.
Citación:
l) Denunciar o deducir querella ante la Justicia Ordinaria por todo acto que llegue a conocimiento del Consejo General y que sea constitutivo del ejercicio ilegal de la profesión de abogado.
Extracto de el tema de sesión de la sexta sesión del primer período. Se rechazó el estatuto por nombrarse al abogado ilegal, que no estaba estipulado en ningún lado. Yo entiendo que es un abogado ilegal, pero esas cosas no se pueden inventar. No se pueden dibujar en el aire. Aclaro que si alguien quiere encontrar el acta de esa sesión no la va a encontrar, el acta de la que hablé en mi anterior exposición era esa.


Simplemente recapaciten sobre lo que están haciendo. Mañana el gobernador nombra ayudante del rector y dice que es para colaborar con el papeleo. Y las cortes aplaudiendo y votando que si. Pasado mañana el ayudante se puede encargar de dejar estudiar a los pelirrojos e impedírselo a los demás. Y las cortes no van a entender lo que pasó.

Ramiro se sentó, pero agregó desde su silla:

¡Basta con intentar darle poderes a una institución que ni siquiera puede con sus responsabilidades!
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gavinet
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MensajeTema: Re: Debate   Miér Oct 07, 2009 12:26 pm

Vamos a ver, Ramiro, ni tanto ni tan poco.
Cierto es que este cargo no figura en ninguna ley y es bueno que lo hayáis visto. También es cierto que el hecho de abrir la votación antes de que finalizara el debate ha distorsionado este último. En mi opinión ha sido un exceso de confianza y no creo que vuelva a repetirse.

Ahora bien, dada la aclaración del Gobernador y la no existencia por el momento de ningún estatuto específico que regule la universidad, las atribuciones del "vicerector" quedan claras, puesto que se recogen en este acta y así lo interpretarían los tribunales en caso de que hubiera algún incidente como el ejemplo que comentabais.

Por otro lado, entiendo que os preocupa que este caso siente precedente. Estaría bien que nuestros compañeros del TA se pronunciaran al respecto y entre todos instar a que se regulen los cargos de la universidad y su funcionamiento interno.

Además, en cuanto a nuestra institución, creo que los debates de las Cortes no deberían cruzarse con las votaciones. Deberíamos respetar el orden en todo momento, por evidente que parezca el tema a tratar. Seguramente el proceso será más lento pero nuestra actuación ganará en calidad.
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MensajeTema: Re: Debate   Miér Oct 07, 2009 3:23 pm

No creo que debamos pasarle nuestro trabajo al TA. Pero bueno, no tiene ya mucho sentido discutir esto.
Respecto a lo del debate y las votaciones, la culpa fue mía, que llegué al debate cuando la mitad de los síndicos ya había votado.
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Xiki
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MensajeTema: Re: Debate   Miér Oct 07, 2009 8:44 pm

El debate se abrió antes que las votaciones. visto que nadie decia nada, después de unos días abrí las votaciones.


Una última cosa, con la misma regla de tres que utiliza Ramiro, quién es el rector? Qué hace? Puede votar en las cortes? Es un consejero de la Generalitat?



FRP:*No he encontrado la función del rector en ninguna ley o decreto, si está en alguno les pido disculpas.
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MensajeTema: Re: Debate   Miér Oct 07, 2009 9:47 pm

El rector tiene una función definida IG. Al igual que el cdc, el baile, etc. El vicerrector no. Igual supongo que las preguntas son totalmente válidas. Sus funciones tendrían que estar claramente detalladas en un estatuto de la universidad o algo similar.
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Tazthor
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MensajeTema: Re: Debate   Jue Oct 08, 2009 10:11 am

Yo veo que el cargo de vicerector es necesario para no dejar la universidad sin rumbo por un imprevisto, aunque no esté en una ley el nombre de "vicerector".

Incluso podríamos nosotros cambiar el nombre de "vicerector" por rector sustituto o algo así e instar al gobierno a complementar la ley con la figura del vicerector y cuando se haya hecho aprobarla?
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MensajeTema: Re: Debate   Jue Oct 08, 2009 12:45 pm

Veamos, pensándolo bien, creo que nos conviene hacer una interpretación abierta de la ley. El título de vicerector no existe en la constitución, cierto, pero ello no implica que el Presidente pueda crear cargos o comisiones siempre que no contradigan la ley y las atribuciones del cargo sean razonables.

El ejemplo que puso Ramiro sobre los abogados responde a una interpretación más cerrada y a mi entender no es comparable a este caso, aunque claro está que no no estuve en ese debate y poco puedo decir.

Por lo demás, espero que cuando se apruebe el reglamento de la universidad (ignoro si el gobierno lo tiene en mente) se aclare esta figura y no se tenga que improvisar de esta forma.
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ramirodearagon
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MensajeTema: Re: Debate   Jue Oct 08, 2009 2:45 pm

Tazthor, las cortes no pueden hacer lo que tu dices. Solo pueden aprobar o rechazar en su conjunto, sin modificar ni una coma.
Esto ya está aprobado, es medio inutil seguir discutiendo. El la sala de debates internos encontrarán, en cuanto pueda, un pedido de modificación de la constitución, para incluir al vicerrector y su función.
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