Acta de l'acusació.La fiscalia acusa a Neograu de estafa por vender 2 trozos de carne a 19.50 escudos siendo la legislación mercantil de Barcelona de 19 escudos.
http://img139.imageshack.us/my.php?image=neograuze1.pngSin antecedentes. Nivel 2.
Primer al·legat de la defensa.Lo vuelvo a poner porque parece que no lo ha guardado.
Vendí la carne a 19,50 pensando que ese era el precio, pues muchas veces las he comprado en el mercado a ese precio antes de ser yo carnicero, y no me pasé por el ayuntamiento para comprobar el precio.
Ruego clemencia puesto que muchísimas veces he vendido mercancías (carcasas de cerdo) directamente al ayuntamiento (como puede testimonioar el Ilustrísime alcalde don Maties), dejando de ganar algunos escudos, por el bien del pueblo, así como que he trabajado innumerables ocasiones en las minas, por el bien de Barcelona.
Que Dios les acompañe en el fallo.
Atentamente
NeoGrau
Al·legat de l'acusació.El acusado reconoce su infracción por lo que la fiscalia pide que conste como atenuante.
Darrer al·legat de la defensa.L'interessat no s'ha presentat.
La defensa ha cridat en/na Maties
Aquest és el vostre testimoni:Tanto puede ser cierto una cosa como otra, pero mi cargo me impide posicinarme en un lado u otro.
Enunciat del veredicte.El Juez con voz firme, dictó sentencia;
Yo Dom Roger_de_gracia, ilustrísimo juez del condado de Barcelona, por la gracia de Dios nuestro señor Aristóteles, y por la gracia del pueblo, dispongo:
Teniendo en cuenta que, el acusado ha violado probadamente la ordenanza municipal al vender un producto por encima de los precios que esta marca.
Teniendo en cuenta estos hechos como sancionables, pues por mucho que el acusado ponga por delante su ignorancia de las Leyes, el Artículo XXX del Fuero de Catalunya, ley suprema en este Condado a la que todos y cada uno de los ciudadanos del pueblo catalán están sujetos, dice claramente que nadie puede alegar su ignorancia de la Ley.
Teniendo en cuenta que, el acusado no tenía ni tiene antecedentes por casos similares de estafa.
Por todos los puntos anteriormente ya nombrados, dicto que:
El acusado Neograu es culpable por estafa, y es condenado a pagar una multa de 6 escudos, 5 que es una cantidad simbólica y1 escudos correspondientes a la diferencia entre el precio máximo permitido entonces y al que él vendió.
Su delito será inscrito en los registros condales, y en caso de reincidencia, la pena se vería aumentada.
Si no esta de acuerdo con la sentencia le recuerdo, que, tiene 7 días para recurrir ante el honorable tribunal de apelación.
Hecho el XX del III del año de Nuestro Señor Aristóteles, 1456, por Dom Roger_de_gracia.
He dicho.