Procés entre
Untouchable al Principado de Cataluña
Untouchable havíeu estat acusat de estafa..
S'ha dictat sentència.
Enunciat del veredicte.
L'acusat ha estat declarat culpable de estafa..
Jo, Mir Geribert d’Olèrdola, Honorable Jutge del Principat de Catalunya per la gràcia del poble català, disposo:
Tenint en compte que l’acusat ha violat provadament les ordenances municipals de Tortosa al vendre un producte per sobre dels preus que hi són marcats.
Tenint en compte que l’acusat és de nivell 1 i per tant ha de tenir constància de les lleis que regnen al nostre Principat.
Tenint en compte que l’acusat reconeix el delicte en la seva segona al•legació.
Tenint en compte que l’acusat no té antecedents per casos similars d’estafa.
Tenint en compte que aquest tribunal no jutja la bona o mala fe de les persones, sinó els fets objectius de si s’han transgredit o respectat les lleis.
Dictamino el següent veredicte:
L’acusat
Untouchable és culpable del delicte lleu d’estafa, i per tant és condemnat a pagar una multa de 8.1 escuts, essent 3.1 el marge de benefici il•legal obtingut i 5 el càstig que li imposo, segons dicta l’article XXVII del Codi Penal.
El seu delicte serà inscrit als registres palatins, i en cas de reincidència la pena seria augmentada.
Si no està d’acord amb la sentència li recordo que té 7 dies per recórrer davant del tribunal d’apel•lació.
Fet el VII del X de l’any MCDLVI, per Mir Geribert d’Olèrdola.
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Yo, Mir Geribert d’Olèrdola, Honorable Juez del Principado de Catalunya por la gracia del pueblo catalan, dispongo:
Teniendo en cuenta que el acusado ha violado probadamente la ordenanza municipal de Tortosa al vender un producto por encima de los precios que esta marca.
Teniendo en cuenta que, el acusado es nivel 1 y por lo tanto debe tener constancia de las leyes que reinan en nuestro Principado.
Teniendo en cuenta que el acusado reconoce el delito en su segundo alegato.
Teniendo en cuenta que el acusado no tiene antecedentes por casos similares de estafa.
Teniendo en cuenta de que este tribunal no juzga la buena o mala fe de las personas, sinó los hechos objectivos de si han incumplido o respetado las leyes.
Dicto el siguiente veredicto:
El acusado
Untouchable es culpable del delito leve de estafa, y por lo tanto es condenado a pagar una multa de 8.1 escudos, siendo 3.1 el margen de beneficio ilegal y 5 el castigo que le impongo, según el artículo XXVII del Código Penal.
Su delito será inscrito en los registros palatinos, y en caso de reincidencia la pena se vería aumentada.
Si no esta de acuerdo con la sentencia le recuerdo que tiene 7 días para recurrir ante el tribunal de apelación.
Hecho el VII del X del año MCDLVI, por Mir Geribert d’Olèrdola.
L'acusat ha estat condemnat a una multa de 8.1 escuts..
Acta de l'acusació.
La fiscalia del Principat de Catalunya acusa a
Untouchable d’estafa al vendre a l'ajuntament de Tortosa:
- 1 peix a 17,50
- 1 peix a 17,55
- 1 peix a 17,60
- 2 peixos a 17,75
escuts cada un sent la legislació mercantil de Tortosa de 16,95 escuts.
http://img225.imageshack.us/my.php?image=untouchablepruebasor1.jpghttp://img145.imageshack.us/my.php?image=untouchableuk0.jpgNivell 1. Sense antecedents.
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La fiscalia del Principado de Catalunya acusa a
Untouchable de estafa al vender al ayuntamiento de Tortosa:
- 1 pez a 17,50
- 1 pez a 17,55
- 1 pez a 17,60
- 2 peces a 17,75
escudos cada uno siendo la legislación mercantil de Tortosa de 16,95 escudos.
http://img225.imageshack.us/my.php?image=untouchablepruebasor1.jpghttp://img145.imageshack.us/my.php?image=untouchableuk0.jpgNivel 1. Sin antecedentes.
Primer al·legat de la defensa.
Escribí un alegato, pero se ve que me enrollé tanto que se cortó la conexión....jajajajaja
Esta vez intentaré no enroyarme tanto(con lo bien que me había quedado la anterior...)
Pues bien mi defensa se basa en lo siguiente....
Cuando yo nací en el ayuntamiento se exponían los precios máximos a los que se podían vender los productos....y lo acataba pues era para bien común.
Al cambio de alcalde los precios bajaron y se me informó de ello,pero a diferencia de las legislaturas anteriores ahora no se hablaba de precios máximos, sino de precios recomendados-maximos.Habían expuestos dos precios, los recomendados y los máximos(eso lo sé ahora despues de hablar con la alcaldesa)sin envargo yo lo entendí como que se recomendaba que el precio máximo, no excediera del margen de precios que se estaba dando),yo lo entendí como una recomendación y no como una obligación, y dado que el precio máximo anterior de los pescados estaba en 17.95, no consideré oportuno bajarlo tanto el precio y los vendí por debajo del precio al que yo estaba acostumbrado(para en cierta manera ayudar al propósito del ayuntamiento), pero no al precio al que supuestamente el ayuntamiento me estaba recomendando como máximo.
Para cualquier aclaración, estoy a su entera disposición señoría.
Un saludo.
Al·legat de l'acusació.
La fiscalia se mantiene en su acusación.
Darrer al·legat de la defensa.
Si la fiscalía se mantiene en su acusación y yo ya he expresado que mi delito es unicamente el hecho de no haber entendido el concepto precios recomendados máximos, que puedo decir?.....
Ya comenté que al nacer sólo existían los precios máximos, por otro lado la diferencia entre los precios recomendados y los máximos era de aproximadamente 30 denarios, sinceramente para recomendar que se venda un producto a tan solo 20, 30 o 40 denarios por debajo de su precio máximo, para eso, no se recomienda nada, pues el trabajador dependiendo de sus necesidades ya bajará los precios de lo que vende por la cuenta que le trae.
Si a mí me dicen , si vendes por encima de este precio se te denunciará, yo no vendo por encima de ese precio pero si me dicen el precio que recomendamos como máximo de este producto está comprendido entre esta cifra y esta otra, yo venderé deacuerdo con mis necesidades.
Sólo decir, que por otro lado, todo esto se hubiera resuelto de forma más etica, con el sólo hecho de que se me hubiera comentado de que estaba incumpliendo una ley de mi ayuntamiento.
No pido que se me crea, sé que la gente acostumbra a mentir para salvar el pellejo, pero es así, fué un error de comprensión ante algo que no estaba bien detallado.
Por mi parte yo entiendo que el ayuntamiento a de gastar de sus arcas dinero para erradicar la infracción en su mercado, y que bajo el concepto de que yo estaba cometiendo un fraude, hubo de comprar a un precio por encima del acordado....no tengo problema por devolver la diferencia, pero que quede claro.....que si yo he de dictar beredicto, yo soy inocente.
Y que si ha habido mala fe en algun momento a sido por parte de mi ayuntamiento que no se molestó ni en notificarmelo, con lo que yo hubiera alegado lo ya alegado aquí, y hubiera bajado el precio de ese pescado, y digo mala fe, por que yo no engaño a la gente, no es mi intención el robar sino el sobrevivir y nadie, ni tan siquiera el ayuntamiento tiene el derecho de dudar de mis actos, lo que hice fué unicamente por incomprensión ante una notificación, no una estafa.
Un saludo....
Untouchable.
La defensa ha cridat en/na Paboro
Tanca la finestra.