| [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado | |
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Autor | Missatge |
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Invitat Invitat
| Assumpte: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dl Feb 02 2009, 08:50 | |
| Bueno, tal como propuso Neo, y como nadie se opone, voy poniendo las demás secciones del Estatuto para que las vayamos debatiendo. - Cita :
- Composición del Tribunal de Apelación
El Tribunal de Apelación quedará constituido por cinco jueces. Estos jueces serán escogidos y nombrados por las Cortes Catalanas.
Podrán ser Jueces del Tribunal de Apelación los ciudadanos del Principado de Catalunya que puedan acreditar experiencia previa como Juez, Fiscal o Prefecto de Mariscales de algún Consejo Condal, policía o integrante del CAC (Colegio de Abogados de Catalunya) llegado el caso que esta Institución se fundara. Su residencia debe estar, naturalmente, dentro de los límites del Principado de Catalunya.
Un juez podrá ser destituido, por muerte, mudanza, dimisión, inactividad manifiesta (una semana sin previo aviso o un mes de no conexión) o incompetencia manifiesta (elaborar informes incompletos o insuficientemente argumentados o mostrar un desconocimiento claro de las leyes repetidamente). Estos dos últimos casos necesitarán el consentimiento del resto de jueces y posteriormente la revocación del cargo por parte de las Cortes Catalanas. Finalmente: - Cita :
- Composición del Tribunal de Apelación
Art. 1 - El Tribunal de Apelación quedará constituido por cinco jueces. Estos jueces serán escogidos y nombrados por las Cortes Catalanas.
Art 2 - Podrán ser Jueces del Tribunal de Apelación los ciudadanos del Principado de Catalunya que puedan acreditar experiencia previa como Juez, Fiscal o Prefecto de Mariscales de algún Consejo Condal, policía o integrante del CAC (Colegio de Abogados de Catalunya) llegado el caso que esta Institución se fundara. Su residencia debe estar dentro de los límites del Principado de Catalunya.
Art. 3 -Un juez podrá ser destituido por las siguientes razones: a) Erradicación (natural o a manos de la Santa Insquisición) b) Mudanza fuera de los limites del Principado c) Dimisión d) Inactividad manifiesta (una semana sin previo aviso o un mes de inactividad con previo aviso) e) Incompetencia manifiesta (elaboración de informes incompletos o insuficientemente argumentados o evidencia clara y repetida de desconocimiento de las leyes).
Estos dos últimos casos necesitarán el consentimiento del resto de jueces y posteriormente la revocación del cargo por parte de las Cortes Catalanas.
Editat per darrera vegada per Ermessenda el Dl Feb 02 2009, 09:53, editat 1 cop en total |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dl Feb 02 2009, 08:55 | |
| Bueno, creo que está bastante bien. De momento lo dividiría un poco por artículos, para que quede más legible y he corregido un poquito la redacción - Cita :
- Composición del Tribunal de Apelación
Art. 1 - El Tribunal de Apelación quedará constituido por cinco jueces. Estos jueces serán escogidos y nombrados por las Cortes Catalanas.
Art 2 - Podrán ser Jueces del Tribunal de Apelación los ciudadanos del Principado de Catalunya que puedan acreditar experiencia previa como Juez, Fiscal o Prefecto de Mariscales de algún Consejo Condal, policía o integrante del CAC (Colegio de Abogados de Catalunya) llegado el caso que esta Institución se fundara. Su residencia debe estar dentro de los límites del Principado de Catalunya.
Art. 3 -Un juez podrá ser destituido por las siguientes razones: a) muerte, b) mudanza, c) dimisión d) inactividad manifiesta (una semana sin previo aviso o un mes de no conexión) e) incompetencia manifiesta (elaboración de informes incompletos o insuficientemente argumentados o evidencia clara y repetida de desconocimiento de las leyes).
Estos dos últimos casos necesitarán el consentimiento del resto de jueces y posteriormente la revocación del cargo por parte de las Cortes Catalanas. |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dl Feb 02 2009, 08:59 | |
| - Cita :
- Art. 3 -Un juez podrá ser destituido por las siguientes razones:
a) muerte, b) mudanza, c) dimisión d) inactividad manifiesta (una semana sin previo aviso o un mes de no conexión) e) incompetencia manifiesta (elaboración de informes incompletos o insuficientemente argumentados o evidencia clara y repetida de desconocimiento de las leyes). La parte en negrita habría que cambiarla por : - Cita :
- inactividad manifiesta (más de 31 días de ausencia, o 7 días si no ha habido previo aviso)
Lo de 31 días lo especifico porque en este país hay mucha gente que se toma un mes seguido de vacaciones, por lo que puede que se extienda hasta 31 días. Más de un mes si que ya sería excesivo. Cambio "conexión" por "ausencia" para que se mantenga RP. |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dl Feb 02 2009, 11:25 | |
| Art. 3 -Un juez podrá ser destituido por las siguientes razones: a) muerte, b) mudanza,
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muerte entiendase cuando la ficha no existe, yo puedo morir en batalla.
mudanza fuera del Principado |
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Invitado Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dt Feb 03 2009, 03:38 | |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dt Feb 03 2009, 07:36 | |
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Neo Miembro
Cantidad de envíos : 510 Edad : 116 Fecha de inscripción : 08/05/2008
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dt Feb 03 2009, 09:45 | |
| Basandonos en lo que dijo Agik y algunas correcciones y matizaciones que creo conveniente hacer quedaria de este modo: - Cita :
- Art. 3 -Un juez podrá ser destituido por las siguientes razones:
a) Fallecimiento b) Mudanza fuera de los límites del Principado c) Dimisión d) Inactividad manifiesta (una semana sin previo aviso o un mes sin conexion con previo aviso.) e) incompetencia manifiesta (elaboración de informes incompletos o insuficientemente argumentados o eviencia clara y repetida de desconocimiento de las leyes). | |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dt Feb 03 2009, 11:34 | |
| A lo de "fallecimiento" le añadiría una nota FRP especificando "erradicación"... no sea que algún listo empiece a pedir dimisiones al primero que la palme en una batalla. |
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Invitado Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dt Feb 03 2009, 12:50 | |
| - Cita :
- Art. 3 -Un juez podrá ser destituido por las siguientes razones:
a) Fallecimiento(Erradicacion) b) Mudanza fuera de los límites del Principado c) Dimisión d) Inactividad manifiesta (una semana sin previo aviso o un mes de inactividad aun con previo aviso.) e) incompetencia manifiesta (elaboración de informes incompletos o insuficientemente argumentados o eviencia clara y repetida de desconocimiento de las leyes). yo lo dejaria asi. |
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Neo Miembro
Cantidad de envíos : 510 Edad : 116 Fecha de inscripción : 08/05/2008
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dc Feb 04 2009, 10:09 | |
| Una nota para el final:
¿Releeremos el estatuto a fondo para pillas las faltas de ortografia no?
Mas que nada porque yo tendre errores garrafales seguramente. | |
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Invitado Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dc Feb 04 2009, 12:09 | |
| sisis cuando este que uno lo revise y ya esta. saludos. |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dv Feb 06 2009, 09:35 | |
| Lo podemos dejar así? Las leyes son RP, puede haber comentarios tipo RP? En la constitución y demás leyes se evitaron siempre. Por ejemplo - Cita :
- d) inactividad manifiesta (una semana sin previo aviso o un mes de no conexión (sin previo aviso)
Por eso propuse: - Cita :
- d) Inactividad manifiesta (una semana sin previo aviso o un mes de inactividad, aun con previo aviso.)
- Cita :
- a) muerte (natural o a manos de la Santa Insquisición)
Aunque no quede muy RP, aquí hay que especificar erradicación. O poner algo así como "muerte definitiva???" |
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Neo Miembro
Cantidad de envíos : 510 Edad : 116 Fecha de inscripción : 08/05/2008
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dv Feb 06 2009, 11:13 | |
| Si, estoy con Ermessenda en este último punto sobre la muerte, no debemos dejar ninguna laguna que futuros o presentes listillos puedan utilizar, por lo que dejaria para la erradicacion lo de la santa inquisición y para la erradicacion natural por 15 dias de inactividad IG propondria "Desaparición de la persona" o algo asi como lo que dijo Ermessenda tampoco quedaría mal. Creo que esta cuestión ya es mas una cuestion de lenguaje. | |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dv Feb 06 2009, 23:43 | |
| OK, es verdad, se me paso lo inactividad y lo habia leido XD - Cita :
- a) muerte (natural o erradicación a manos de la Santa Insquisición)
asi esta bien? |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Ds Feb 07 2009, 09:47 | |
| el CAC está fundado, solo han de aprovar sus estatutos |
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Neo Miembro
Cantidad de envíos : 510 Edad : 116 Fecha de inscripción : 08/05/2008
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Ds Feb 07 2009, 12:09 | |
| lo de natural creo que es mejor quitarlo, la gente puede tomar como natural el que en tu ficha aparezca muerto porque quizas se te haya olvidado darle de comer al pnj. | |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Ds Feb 07 2009, 14:58 | |
| - Cita :
- a) muerte (natural o erradicación a manos de la Santa Insquisición)
ummm... sigue siendo ambiguo y si ponemos sencillamente? - Cita :
- a) erradicación (natural o a manos de la Santa Insquisición)
Usando el término "muerte" cuando no hay tal muerte, los admins la han liado bien gorda. Lo habrían podido llamar "jamacuco", "accidente", "lipotimia", "coma etílico"... |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Ds Feb 07 2009, 22:14 | |
| ok, ya esta. Ahora si s e puede votar, no? A favor |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dg Feb 08 2009, 00:49 | |
| Pero cual es que votamos? |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dg Feb 08 2009, 01:14 | |
| el ultimo texto, éste: - Cita :
- Composición del Tribunal de Apelación
Art. 1 - El Tribunal de Apelación quedará constituido por cinco jueces. Estos jueces serán escogidos y nombrados por las Cortes Catalanas.
Art 2 - Podrán ser Jueces del Tribunal de Apelación los ciudadanos del Principado de Catalunya que puedan acreditar experiencia previa como Juez, Fiscal o Prefecto de Mariscales de algún Consejo Condal, policía o integrante del CAC (Colegio de Abogados de Catalunya) llegado el caso que esta Institución se fundara. Su residencia debe estar dentro de los límites del Principado de Catalunya.
Art. 3 -Un juez podrá ser destituido por las siguientes razones: a) Erradicación (natural o a manos de la Santa Insquisición) b) Mudanza c) Dimisión d)) Inactividad manifiesta (una semana sin previo aviso o un mes de inactividad, aun con previo aviso). e) Incompetencia manifiesta (elaboración de informes incompletos o insuficientemente argumentados o evidencia clara y repetida de desconocimiento de las leyes).
Estos dos últimos casos necesitarán el consentimiento del resto de jueces y posteriormente la revocación del cargo por parte de las Cortes Catalanas. A favor
Editat per darrera vegada per Arnau el Dg Feb 08 2009, 03:56, editat 1 cop en total |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dg Feb 08 2009, 01:20 | |
| el de mes será con previo aviso, no?
A favor |
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Neo Miembro
Cantidad de envíos : 510 Edad : 116 Fecha de inscripción : 08/05/2008
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dg Feb 08 2009, 01:41 | |
| - Cita :
- Composición del Tribunal de Apelación
Art. 1 - El Tribunal de Apelación quedará constituido por cinco jueces. Estos jueces serán escogidos y nombrados por las Cortes Catalanas.
Art 2 - Podrán ser Jueces del Tribunal de Apelación los ciudadanos del Principado de Catalunya que puedan acreditar experiencia previa como Juez, Fiscal o Prefecto de Mariscales de algún Consejo Condal, policía o integrante del CAC (Colegio de Abogados de Catalunya) llegado el caso que esta Institución se fundara. Su residencia debe estar dentro de los límites del Principado de Catalunya.
Art. 3 -Un juez podrá ser destituido por las siguientes razones: a) Erradicación (natural o a manos de la Santa Insquisición) b) Mudanza fuera de los limites del Principado c) Dimisión d) Inactividad manifiesta (una semana sin previo aviso o un mes de inactividad con previo aviso) e) Incompetencia manifiesta (elaboración de informes incompletos o insuficientemente argumentados o evidencia clara y repetida de desconocimiento de las leyes).
Estos dos últimos casos necesitarán el consentimiento del resto de jueces y posteriormente la revocación del cargo por parte de las Cortes Catalanas. Especifique el punto Mudanza y corregi la inactividad. | |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dg Feb 08 2009, 01:55 | |
| Con las últimas correcciones, a favor. |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: [Debate Estatutos] Composición del TA--> Aprobado Dg Feb 08 2009, 03:57 | |
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