ramirodearagon Miembro
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| Assumpte: Propuesta de Duración de Mandatos Dg Set 27 2009, 09:29 | |
| -Presento mi propuesta de modificación del apartado del la duración de la condición de síndico. El primero es el actual y el segundo que presento es la modificación. - Cita :
- Duración temporal de la condición de Síndico
Cada Brazo tendrá siempre a sus Síndicos designados, se esté sesionando en las Cortes Catalanas o no. Los Síndicos permanecerán asignados a esa función por períodos de dos meses (60 días), pudiendo ser reelectos en el cargo. Encontrándose las Cortes Catalanas en sesión, y el Síndico cumpliendo su función en ella, mantendrá su cargo de Síndico por ultra actividad hasta la finalización de esa sesión. Cada Brazo (y ciudad) será responsable por hacer cumplir lo relativo al nombramiento de sus Síndicos y a la duración de sus mandatos. - Cita :
- Duración temporal de la condición de Síndico
Cada Brazo tendrá la responsabilidad de designar a sus síndicos, se esté sesionando en las Cortes Catalanas o no. Los Síndicos del Brazo del pueblo ocuparán su cargo entre el día 20 del mes en el que fueron elegidos y el día 20 dos meses después. Ejemplo, los síndicos comienzan sus funciones el 20 de Enero y su mandato termina el 20 de Marzo. Encontrándose las Cortes Catalanas en sesión, y el Síndico cumpliendo su función en ella, mantendrá su cargo de Síndico por ultra actividad hasta la finalización de esa sesión. En caso de que un Síndico del Brazo del pueblo renuncie a su cargo la ciudad a la que ese Síndico representará tiene la responsabilidad de elegir otro, que finalizará su mandato en la misma fecha que la debería haber finalizado su antecesor. Los Brazos de la nobleza y de la iglesia pueden decidir internamente la duración de los cargos de los síndicos como ellos gusten, aunque se recomienda que sean de 60 días.
Disposición única: los síndicos del brazo del pueblo del quinto período finalizarán su mandato el día 20 de noviembre sin importar la fecha en la que hayan sido elegidos.
Ramiro leyó el actual apartado y su propuesta y luego de haber terminado colgó ambos papeles en la pared de la sala, para que todos pudieran verlos. -La verdad es que tengo muy poca experiencia en la elaboración de estatutos así que agradesco cualquier crítica o sugerencia.Se iba a sentar cuando se acordó de algo. -Sobre el punto de la duración de los síndicos de la nobleza y de la iglesia, la verdad a mi me da lo mismo cuanto duren sus cargos, lo puse así simplemente porque fue lo que pidió Roger de Gracia, síndico de la iglesia. | |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: Propuesta de Duración de Mandatos Dg Set 27 2009, 22:52 | |
| Me parece correcta la propuesta de modificación que haceis ramiro, estoy de acuerdo y mi voto es favorable. |
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Tazthor Miembro
Cantidad de envíos : 705 Edad : 41 Fecha de inscripción : 11/01/2008
| Assumpte: Re: Propuesta de Duración de Mandatos Dl Set 28 2009, 04:02 | |
| Como piensa Roger_de_Gracia que deben ser nombrados los síndicos del clero? - preguntó.
Si no hay mucha disparidad entre, la nobleza, el clero y el pueblo, me parece bien esta corrección. | |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Re: Propuesta de Duración de Mandatos Dv Oct 02 2009, 07:15 | |
| Me parece bien la propuesta aunque quisiera aclarar algunas cosas. - Cita :
- Cada Brazo tendrá la responsabilidad de designar a sus síndicos, se esté sesionando en las Cortes Catalanas o no.
En el caso del brazo del pueblo, creo que la responsabilidad queda poco definida. ¿Convendría decir que es de cada ciudad? - Cita :
- Los Síndicos del Brazo del pueblo ocuparán su cargo entre el día 20 del mes en el que fueron elegidos y el día 20 dos meses después. Ejemplo, los síndicos comienzan sus funciones el 20 de Enero y su mandato termina el 20 de Marzo.
Me parece bien. El ejemplo creo que es prescindible. - Cita :
- En caso de que un Síndico del Brazo del pueblo renuncie a su cargo la ciudad a la que ese Síndico representará tiene la responsabilidad de elegir otro, que finalizará su mandato en la misma fecha que la debería haber finalizado su antecesor.
Hay algún error gramatical. Propongo cambiar la parte en negrita por "...a su cargo, la ciudad a la que dicho síndico represente, tendrá la responsabilidad de elegir a un sucesor, cuyo mandato finalizará en la misma fecha en la que..." - Cita :
- Disposición única: los síndicos del brazo del pueblo del quinto período finalizarán su mandato el día 20 de noviembre sin importar la fecha en la que hayan sido elegidos.
Ignoro la relevancia de esta fecha ¿Alguien me lo puede explicar? |
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ramirodearagon Miembro
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| Assumpte: Re: Propuesta de Duración de Mandatos Dv Oct 02 2009, 09:37 | |
| Totalmente de acuerdo con Gavinet respecto al error gramatical. Quedó mucho mejor como lo redactó el.
Se podría agregar en "Cada Brazo (y ciudad) tendrá la responsabilidad de designar a sus síndicos, se esté sesionando en las Cortes Catalanas o no." Como en el texto original.
Luego, la fecha la puse para que este estatuto tenga vigencia desde el momento en el que se lo apruebe, y que el mandato de los síndicos del período en el que se apruebe el estatuto con esta modificación (el qunto) termine en la fecha que dice el estatuto. | |
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| Assumpte: Re: Propuesta de Duración de Mandatos | |
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