Palau de Pedralbes / Palacio de Pedralbes
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 Granota

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Violant
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Violant


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MissatgeAssumpte: Granota   Granota EmptyDj Gen 06 2011, 06:08

lijesus escrigué:
Cita :
Arrow Lugar: Urgel
Arrow Fecha de la denuncia: 25/10/10
Arrow Cargo: Traición, según lo que establece las disposiciones transitorias de la Ordenanza Municipal contra el Fraude fiscal, aprobada por el Ayuntamiento de Urgel el día 09 del mes de octubre del presente año. Cita textual:

2. Todos los ciudadanos y ciudadanas que estén incurriendo en evasión fiscal voluntaria sin motivo valido actualmente, tendrán cinco (5) días a partir de la publicación oficial y aprobación de la presente Ordenanza para ponerse al día con sus impuestos. El Ayuntamiento de Urgel podrá exonerar hasta el 50% como máximo de la penalización siempre y cuando el ciudadano o ciudadana implicado/a pague el 100% de la deuda originaria (El monto correspondiente a los impuestos sin incluir la penalización por atraso) y se comprometa a no reincidir en la evasión fiscal voluntaria nunca más. Si el vecino implicado no cumpliera con sus obligaciones ni se colocara en contacto con el Alcalde dentro de esos 5 días establecidos y cuando el monto fuese superior a los 100 esc, será llevado a juicio según lo que establece el Artículo XXVI del Codigo Penal:

"...Artículo XXVI. Se consideran traición las siguientes acciones:
b) Aquellos actos que tengan como objetivo la desestabilización de la economía del Condado.
c) Negarse a someterse a una decisión del Gobierno de la Generalitat, del ayuntamiento o a una resolución judicial…”

La Ordenanza Municipal se puede leer completa acá: https://palaciopedralbes.niceboard.com/leyes-municipales-lleis-municipals-f40/urgell-t2562.htm#36973

Arrow Acusado: Granota
Arrow Ficha del Acusado: http://www.losreinos.com/FichePersonnage.php?login=Granota
Arrow Nivel del acusado: 1
Arrow Victima: La ciudad de Urgel
Arrow Pruebas:

- En las siguientes imagenes se muestra la gran cantidad de impuestos que adeuda al Ayuntamiento de Urgel:

https://2img.net/r/ihimizer/img138/6799/denuncia1y.png
https://2img.net/r/ihimizer/img264/3051/denuncia2.png
https://2img.net/r/ihimizer/img843/3263/denuncia3c.png
https://2img.net/r/ihimizer/img835/9554/denuncia4b.png

- En las siguientes imagenes se muestra la carta enviada al acusado, donde se le informa sobre la aprobación de la Ordenanza y se le invita a ponerse al día con los impuestos. Cabe destacar la fecha en que fue enviada:

https://2img.net/r/ihimizer/img842/8738/granota1.png
https://2img.net/r/ihimizer/img707/7573/granota2.png
https://2img.net/r/ihimizer/img51/8319/granota3.png

- En las siguientes imagenes se muestra la respuesta del acusado, una de ellas anterior a esa carta donde hace una clara difamación hacia el Alcalde actual y todos los anteriores.

https://2img.net/r/ihimizer/img155/9938/difama1.png
https://2img.net/r/ihimizer/img101/4433/difama2.png

Arrow Antecedentes: Desconocido.
Arrow Observación: El acusado se ha negado en multiples ocasiones a ponerse al día con sus impuestos, hay que tener en cuenta que el Ayuntamiento le ha ofrecido facilidades y el acusado solo ha respondido con evasiones y difamaciones.

La Ordenanza Municipal contra el fraude fiscal aprobada en Urgel se basa en el artículo XIV de la COnstitución del Principado de Cataluña que establece:

Los Ayuntamientos tienen competencia sobre la política local del Principado, incluyendo:

e) La recaudación de impuestos municipales.

Y más aún, que el Estatuto de la Ciudadanía Catalana establece en su artículo VI:

Artículo VI
Los miembros del Estamento de la Ciudadanía ostentan los siguientes deberes:

f) De satisfacer los impuestos emitidos por el Gobierno y los Ayuntamientos.

Arrow Nota: Dar celeridad a esta denuncia, el acusado se mantiene en retiro para evadir el juicio. Su ultima conexión es hoy 25 de Octubre.

Nuevos datos aportados por Lijesus: impuestos que adeuda hasta noviembre 1458
https://2img.net/r/ihimizer/img831/699/impuestosgranota.png

No se ha podido subir denuncia porque el acusado solo se conecta un momento y vuelve a retiro. Se ha hecho seguimiento durante dos meses
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