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 Caso Txi d'Entença II

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AutorMissatge
visigot3
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Fecha de inscripción : 14/11/2008

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MissatgeAssumpte: Caso Txi d'Entença II   Caso Txi d'Entença II EmptyDt Mar 01 2011, 22:48

Txi escrigué:
Pido revisen este caso por varios motivos:

- Ya se me ha juzgado por dichas hogazas de pan. El mismo TAC me declaró inocente.

- Las pruebas de buen principio no se veían, por lo que el juicio tendría que ser nulo.

- Cuando compré la primera hogaza la milícia no se pagaba, era totalmente voluntaria. La segunda hogaza de pan acepté devolverla, pues cuando la compré el ayuntamiento ya había anunciado que la milicia se pagaba con una hogaza de pan.

- No sé hasta qué punto un alcalde puede exijir. Y no sé hasta qué punto comprar legalmente una hogaza de pan en el mercado tiene que ser considerado traición y penado con 3 días de carcel.

- Cuando cerraron este juicio seguia siendo culpable del primero. No sé como pretendían que devolviera las hogazas que según ellos había vendido.

- Si no declaré en el juicio es porqué considero se cerró antes de lo previsto (antes del segundo día laborable) y no llegué a tiempo para colgar mi alegato.

Pruebas:

- https://2img.net/h/i294.photobucket.com/albums/mm101/txiki83/riana_pa-1.jpg (el dia 24, después de que yo compré la primera hogaza de pan, la alcaldesa informa que empezará a pagar la milícia con un pan).

- https://2img.net/h/i294.photobucket.com/albums/mm101/txiki83/resposta_rhia2.jpg (acepto devolver la hogaza)

- mi juicio se cierra antes que los otros.
https://2img.net/h/i294.photobucket.com/albums/mm101/txiki83/judici2.jpg (el mio empieza el dia 7)
https://2img.net/h/i294.photobucket.com/albums/mm101/txiki83/judici_capitaenciam.jpg (el del capitaenciamm empieza el dia 4, 3 días antes que el mio)
https://2img.net/h/i294.photobucket.com/albums/mm101/txiki83/1.jpg (mi juicio ya se ha cerrado, el del capitaenciam sigue en proceso...)



Cita :

Acta de la acusación.
Yo, Rhiannon de Ferrara , alcaldesa de Puigcerdá denuncio a Txi d�Entença por el delito de traición, me negarse esta a cumplir una orden mía y contravenir l�Arte. XXVI c del Título Quinto del Código Penal aprobado el 9 de diciembre de 1458 por el Gobierno de Cataluña, y sancionado el 24 de diciembre de 1458 por las Cortes del Principado de Cataluña.

Hechos: La Señora Txi d�Entença compró en el mercado de Puig dos hogazas de pan a 2 escudos. La primera la compró el día 24 de enero de 1459 a Contemarc (https://2img.net/r/ihimizer/img408/826/txicontemarc.jpg ) y la segunda, el 25 de enero de 1459 a Pajuly (https://2img.net/r/ihimizer/img97/286/txipajulipa.jpg)
El día 26 de enero de 1459, yo misma envié un mensaje personal a la Sra. Txi d�Entença porque devolviera estas hogazas a sus propietarios dado que SE trataba d�un mandato de l�ayuntamiento en concepto de sueldo por haber hecho la milicia y le daba 48 horas para hacerlo
Adjunto pruebes d�estas afirmaciones:
http://img262.imageshack.us/img262/4268 ... utorne.png
http://img821.imageshack.us/img821/7995 ... perlam.png
http://img407.imageshack.us/img407/3323 ... lamilc.png

En manifestaciones públicas de la propia Sra. Txi d�Entença se puede ver que reconoce haber recibido mi orden y que se niega a volver una de las hogazas.
http://img210.imageshack.us/img210/8769 ... relpam.png
http://img201.imageshack.us/img201/8769 ... relpam.png

Así pues, dado que un golpe ha pasado el plazo de 48 horas desde que se le mandó por parte d�esta alcaldesa que restituyera las hogazas a sus propietarios, no se tiene constancia que s�haya hecho y que además la propia Sra. Txi ha declarado que no piensa hacerlo, subo esta denuncia contra ella para negarse a someter�s a una decisión de l�Ayuntamiento.

Primer alegato de la defensa:

Señoría,
se me está juzgando sin pruebas de acusación

Alegato de la acusación:

Señoría: No entiendo como puede ser que las pruebas no se puedan ver bien. Las vuelvo a aportar, junto con mi testigo. Además, lo informo que he pedido el testigo de los dos afectados, Comtemarc y Pajuly.

Estas son todas las pruebas, donde queda patente que no quiere cumplir un mandato de la alcaldía, que por otro lado ha visto todo el pueblo porque la Sra. Txi hizo estas manifestaciones de manera pública emmig de la plaza del pueblo y no una vez sino más de una:
mandato a Contemarc: https://2img.net/r/ihimizer/img821/7995/mandatdecomtemarcperlam.png
mandato a Pajuly: https://2img.net/r/ihimizer/img407/3323/mandatdepajulyperlamilc.png

carta mía a Txi pidiendo que vuelva el pan : https://2img.net/r/ihimizer/img262/4268/comunicatatxiperqutorne.png

Nada más, Señoría. Sólo añadir que tan de bó no tenga que subir más juicios de este tipo.

Manifestaciones públicas de la propia Sra. Txi de Entença donde reconoce haber recibido mi orden y se niega a volver una de las hogazas.
https://2img.net/r/ihimizer/img210/8769/cartadetxinotornarelpam.png
https://2img.net/r/ihimizer/img201/8769/cartadetxinotornarelpam.png

Rhiannon Ferrara.

Último alegato de la defensa.
El interesado no se ha presentado.

La acusación ha llamado en/na Comtemarc

La acusación ha llamado en/na Pajuly



Gracias,

Txi


Cita :
Informe caso Txi. Presentado ante el Tribunal de Apelación de Catalunya el 24/2/59

Juez instructor: Ossantarom

Ficha del juicio:
Nombre del acusado: Txi
Delito cometido: Traición
Ubicación en archivo del juicio: https://palaciopedralbes.niceboard.com/t4449-antecedents-de-txi#42288
Sentencia final: culpable
Motivación argumentada de la sentencia:
- Incumplimiento del artículo XXVI apartado c) del título quinto del código penal del principado.
- El acusado es de nivel 2 y por lo tanto debe tener constancia de las leyes que reinan en nuestro Principado
- La Sra. Txi se negó a acatar una orden directa de su alcalde que consistía en devolver dos hogazas de pan compradas en el mercado, dichas hogazas eran destinadas a pagar la milicia del ayuntamiento de Puigcerdà.

Exposición del juicio previo:
1-La Fiscalía del Principat de Catalunya acusa a la Señora Txi, por el delito de traición según lo establecido en el Código Penal, aprobado el 9 de diciembre de 1458 por el Gobierno de la Generalitat de Catalunya, por negarse a acatar una orden directa de su alcalde que consistía en devolver dos hogazas de pan compradas en el mercado, dichas hogazas eran destinadas a pagar la milicia del ayuntamiento de Puigcerdà. Las pruebas que presenta la fiscalía se traspapelan.
2-Alegato de la defensa. La Sra. Txi expone que se le está acusando sin pruebas.
3-Alegato de la acusación. La Fiscalía no se explica que ha podido pasar con las pruebas, pero inmediatamente son encontradas y puestas a disposición del juicio.

Conclusión:
La Señora Txi es culpable de traición al negarse a devolver una hogaza de pan a petición de su alcalde.

Sentencia del TAC:
Puesto que, según el Artículo 4 del Estatuto del Tribunal de Apelación de Catalunya, el TAC está en disposición de, y citamos textualmente, "modificar, confirmar o anular una sentencia del Tribunal de Justicia a petición de cualquiera de las partes afectadas o del Fiscal" queremos clarificar que a la Sra. Txi se le acusa de un delito de traición por haber infringido el art. XXVI apartado c del título quinto del Código Penal del Principat de Catalunya y ratificamos la sentencia dictada por el juez Galaec de Alemsol et Mogor , que consiste en una pena de prisión de 3 (tres) días según lo que está dispuesto en el artículo XXVIII del Título quinto del Código Penal del Principat de Catalunya. Así mismo recordamos que esta sentencia tiene carácter vinculante e inapelable.

Los jueces del Tribunal de Apelación de Catalunya

Hecho en Barcelona el XXIV del II del año MCDLXIX

(sello)

Cita :
Votación:

-Aprobado por unanimidad
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