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| Assumpte: Antecedentes penales de Darkdrago Dg Jul 08 2007, 01:18 | |
| Proceso oponiendo Darkdrago al Condado de BarcelonaVeredicto fallado el vsegundo de julio del MCDLV Juez/Jutge : Sanç de Viladoms. Fiscal : Bokrug. Abocado/Advocat defensor: Autodefensa. - Cita :
- Acta de acusación
Un caso clarísimo de las mala influencia de la bebida en la moral de los ciudadanos. https://2img.net/r/ihimizer/img299/1118/dibujoba7.png Como puede ver su señoría, las pruebas son claras y no dejan lugar a dudas sobre su culpabilidad. - Cita :
- Primer alegato de la defensa
alo.. pero si es una taberna publica...ademas eso no fue reciente me sorprende q recien lo ponga en mension ya pasado hace dias he visto q muchos hacen bromas asi tomatelo asi: considerando q un bar no es una lugar para q vallan damas solas no es mi culpa - Cita :
- Requisitoria de la acusación
Al margen de los misogenos comentarios del acusado, la victima no opina que el hecho sea una broma. Su conducta queda fuera de todas las normas básicas de convivencia y buen gusto. Señoría me reafirmo en mi solicitud de condena al acusado por su deplorable conducta. - Cita :
- Último alegato de la defensa
q puedo decir es q hay algunas personas q son demasiado obtusas para entender las cosas como son: Si cierras los ojos, quizás puedas ver el mar; si miras hacia atrás, quizás puedas recordar. Si gritas, luchas y alzas tu mano, quizás puedas volar y alcanzar la libertad. osea Prefiero morir de pie que vivir arrodillado.
Después de Dios está el Derecho, porque siempre busca la JUSTICIA. - Cita :
- Enunciado del veredicto
El acusado ha sido declarado culpable de desorden público.
A todos los que la presente lean,
Yo, Sanç de Viladoms, Juez de Catalunya dispongo;
Considerando que el acusado fue denunciado por desorden público, delito que se contempla en el Código Penal del Principado (no reformado), donde se citan, entre otros, la amenaza y el acoso como delitos de desorden público;
Considerando como acoso el hecho de que el acusado tocara una parte del cuerpo comprometida e íntima de la víctima sin su consentimiento previo, como se desprende de las declaraciones durante todo este proceso de las diferentes partes;
Considerando como amenaza la que el acusado Darckdrago supone, no tan sólo hacia la víctima, sino hacia todas las féminas de la Corona;
Considerando que aunque los testigos llamados por la acusación no hayan intervenido ante éste Tribunal, pero dada la falta de respeto que el acusado ha tenido en sus declaraciones, especialmente con sus comentarios misóginos y sus vagos farfulleos incoherentes no puedo aplicar atenuante alguno, dispongo;
Que el acusado Darckdrago es culpable del delito del que se le acusa, y teniendo en cuenta las circunstancias y agravantes anteriores, se le condena a una multa de 30 escudos de sanción por los hechos, para servir de escarmiento y que no vuelvan a ocurrir hechos semejantes en este Condado, además de 1 día de prisión para que recapacite de lo adecuado de sus actos entre rejas, y así aprenda a respetar al género femenino. Además, le recuerdo que no existe ninguna Ley en el juego que delimite la libertad de las mujeres a ir a cualquier bar o a poder ser ninguneadas y acosadas de tal forma por cualquier individuo como usted (FRP: por suerte, este juego es una ucronía y no sucede como sucedía en la vida real en aquellos tiempos /FRP). Su delito será inscrito en los registros condales, y en caso de reincidencia, la pena se vería aumentada, especialmente si se trata de delitos parecidos.
Hecho el segundo de julio del MCDLV, por Sanç de Viladoms.
El acusado ha sido condenado a una pena de prisión de 1 dia |
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