Invitat Invitat
| Assumpte: Antecedentes penales de Saul1411 Ds Jun 30 2007, 07:27 | |
| Proceso oponiendo Saul1411 al Condado de BarcelonaVeredicto fallado el vigesimoquinto de junio del MCDLV Juez/Jutge : Sanç de Viladoms. Fiscal : Bokrug. Abocado/Advocat defensor: Incomparecencia. - Cita :
- Acta de acusación
El acusado vende sus productos in respetar las leyes de precios máximos de de su ciudad (4Esc.) https://2img.net/r/ihimizer/img213/5729/denunciaasaul1411hm8.jpg - Cita :
- Primer alegato de la defensa
El interesado no se ha presentado - Cita :
- Requisitoria de la acusación
Especulación demostrada y desinterés manifiesto. Nada mas que añadir al caso. - Cita :
- Último alegato de la defensa
El interesado no se ha presentado - Cita :
- Enunciado del veredicto
El acusado ha sido declarado inocente.
A todos los que la presente lean,
Yo, Sanç de Viladoms, Juez de Catalunya dispongo;
Considerando que el acusado incumplió probadamente con el Decreto de Precios Máximos de Urgel, que establece como precio máximo de los sacos de maíz a 4 escudos;
Considerando que el acusado no se presentó ante el Tribunal, mostrando así su desprecio y falta de educación ante éste;
Considerando que el acusado ya no se encuentra con nosotros pues su alma ya no figura en el plano en el que nos encontramos, y no hay ningún fuero o ley que hable de ese tema, pues el Artículo II de la Ley Foral de Justícia de Aragón de vigencia provisional en nuestro Condado hace referencia sólo a “individuos” y al entender de este Juez que una persona que ya pasó el umbral de la vida y la muerte no puede entenderse como individuo, dispongo;
Que el acusado Saul1411 es no culpable del delito del que se le acusa, pues su consciencia y recuerdo que aún perduran en nuestro Condado junto con todos sus cargos y penas, que aún ser bastante importantes a mi parecer no son un delito flagrante que deba manchar su memoria por los siglos de los siglos, no tienen razón de influir en su alma donde quiera que esté. Así mismo el delito quedará inscrito en los registros condales.
Hecho el vigesimoquinto de junio del MCDLV, por Sanç de Viladoms.
El acusado ha sido liberado |
|