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| Assumpte: Antecedentes penales de Togashi Dg Jun 10 2007, 07:33 | |
| Proceso oponiendo Togashi al Condado de BarcelonaVeredicto fallado el trigésimo de mayo del MCDLV Juez/Jutge : Sanç de Viladoms. Fiscal : Bokrug. Abocado/Advocat defensor: Autodefensa. - Cita :
- Acta de acusación
Compra de 4 pieles: https://2img.net/r/ihimizer/img96/8090/togashism1.jpg
Por un novato sin oficio: https://2img.net/r/ihimizer/img87/2250/togashiyc7.jpg
La compra de productos que no sean para uso propio viola la ley sobre la especulación enm su artículo primero. - Cita :
- Primer alegato de la defensa
Señoria solo queria comprar 1 pieles y hubo una equivocación,me llegaron antes de poder anular la compra,tube que venderlas para alimentarme. No tengo más alegaciones señoria - Cita :
- Requisitoria de la acusación
Don Togashi, la ley PROHIBE la compra de cosas que no son de uso util para usted. Las pieles son utiles para niveles 2 que poseen el oficio de tejedores.
Dice la ley sobre la especulación: "I. Se prohibe la compra de cualquier producto que no sea para consumo propio, independientemente de si el producto va a ser vendido en la misma ciudad o en otra distinta."
Asi, aunque su intencion haya sido comprar UNA piel, aun asi estaria cometiendo un delito. Es evidente su desconocimiento sobre la ley pero aun asi no puede justificarse a traves de su ignorancia pues asi lo establece el Fuero en su Título cuarto "Art. XXVII : Nadie puede alegar de su ignorancia de la ley."
Para no tener que encontrarlo en situacion similar en el futuro, le recomiendo altamente que lea la normativa legal o la próxima vez será condenado como reincidente. Puede acceder a ella aquí: http://foro.losreinos.com/viewtopic.php?t=123 - Cita :
- Último alegato de la defensa
No pasara más mi señoria y gracias por su gratitud - Cita :
- Enunciado del veredicto
El acusado ha sido declarado culpable de estafa.
A todos los que la presente lean,
Yo, Sanç de Viladoms, Juez de Catalunya dispongo;
Considerando que el acusado cometió un delito menor de estafa probado, que sólo afectaba a su economía particular;
Considerando que en el momento en el que se produjo el delito el acusado era novato, cosa que supone un atenuante al parecer de este Juez;
Considerando que ha violado el Artículo I de la Ley sobre la Especulación y durante su declaración el artículo XXVII del Fuero de Aragón, de aplicación provisional en las fechas en la que se perpetró el delito;
Considerando que el acusado reconoce su culpa y parece estar arrepentido, aunque sus palabras no sean de lo más efusivas ante este tribunal, pero viendo su situación al trigésimo de mayo y que no ha reincidido, dictamino;
Que el acusado Togashi es culpable del delito del que se le acusa, y teniendo en cuenta los atenuantes anteriores, se le condena a una sanción simbólica de 1 escudo. Su delito será inscrito debidamente en los registros condales.
Hecho el trigésimo de mayo del MCDLV, por Sanç de Viladoms.
El acusado ha sido condenado a una multa de 1 escudo |
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