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| Assumpte: -Antecedentes de Lycosa Dj Set 27 2007, 07:57 | |
| La fiscalia se presenta para acusar a Lycosa por cometer presunto delito de especulación, al vender 2 escaleras grandes en la ciudad de Tarragona, el alcalde de esta ciudad ha manifestado darle los permisos para comprar y vender, la acusada debera presentar pruebas de que la adquisición de estos bienes no es ilegal. Pruebas: https://2img.net/r/ihimizer/img384/6351/1292007891010ma9.jpg https://2img.net/r/ihimizer/img516/7918/1292007894513cg3.jpg----------------------- Primer al·legat de la defensa. Ambas escaleras me fueron entregadas o regaladas a lo largo del juego por un "angel", desafortunadamente, no guardé capturas de pantalla, puesto que no pensé en venderlas dado que al principio no sabía para qué se empleaban.Reconozco que es culpa mia el no haber tenido en cuenta que pudiera surgir un inconveniente como este, pero no me siento culpable, dado que, repito, no ha habido nada de ilegal en la adquisición de esos objetos. ----------------------- Al·legat de l'acusació. L'interessat no s'ha presentat. ----------------------- Darrer al·legat de la defensa. L'interessat no s'ha presentat ----------------------- Dictamen del juez:
Yo Dom Roger_de_gracia, juez del condado de Barcelona y por la gracia de Dios nuestro señor Aristóteles, dispongo:
Teniendo en cuenta que él acusado ha violado probadamente el artículo VIII del Código Penal del Principado de Catalunya Teniendo en cuenta que, la defensa no ha aportado pruebas donde se muestra su inocencia, ni de los permisos del alcalde de Tarragona.
Teniendo en cuenta que el acusado no tenía ni tiene antecedentes por casos similares de especulación. Teniendo en cuenta que, el fiscal ha alegado que el acusado tenia los permisos del alcalde.
Por todos los puntos anteriormente ya nombrados, dicto que:
El acusado Lycosa es culpable por estafa, es condenado a pagar una multa de 25 escudos.
Su delito será inscrito en los registros condales, y en caso de reincidencia, la pena se vería aumentada.
Si no esta de acuerdo con la sentencia le recuerdo, que, tiene 7 días para recurrir ante el honorable tribunal de apelación.
Hecho el 27 del 9 del año de nuestro señor 1455 por Dom Roger_de_gracia.
He dicho. |
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