La fiscalia se presenta para acusar a Sejo por cometer delito de estafa al vender un producto (2 estereos de leña) a un precio mayor al establecido por la municipalidad de Gerona.
Pruebas
https://2img.net/r/ihimizer/img98/4228/sejoqh2.jpgDecreto municipal precios máximos en Gerona
Leña: Precio maximo 4.00 ecu.
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El acusado NO se ha presentado.
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Alegado de la fiscalia.
Ante la diferencia de la venta de los estereos de leña, la fiscalia solicita que se sancione el delito como leve, con la maxima multa que se considere por delito leve en el delito de estafa.
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El acusado no se ha presentado.
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Dictamen del juez:
Yo Dom Roger_de_gracia, juez del condado de Barcelona y por la gracia de Dios nuestro señor Aristóteles, dispongo:
Teniendo en cuenta que él acusado ha violado probadamente la ordenanza municipal al vender un producto por encima de los precios que esta marca.
Teniendo en cuenta, que el acusado no se ha presentado al tribunal.
Teniendo en cuenta la petición del fiscal.
Teniendo en cuenta que el acusado no tenía ni tiene antecedentes por casos similares de estafa.
Por todos los puntos anteriormente ya nombrados, dicto que:
El acusado Sejo es culpable por estafa, es condenado a pagar una multa de 22 escudos, 10 escudos como castigo por cometer tal delito, y 12 escudos correspondientes a la diferencia entre el precio máximo permitido entonces y al que él vendió.
Su delito será inscrito en los registros condales, y en caso de reincidencia, la pena se vería aumentada.
Si no esta de acuerdo con la sentencia le recuerdo, que, tiene 7 días para recurrir ante el honorable tribunal de apelación.
Hecho el 24 del 9 del año de nuestro señor 1455 por Dom Roger_de_gracia.
He dicho.