Procés entre Jeni23 al Principado de CataluñaJeni23 havíeu estat acusat de estafa..
S'ha dictat sentència.Enunciat del veredicte.
L'acusat ha estat declarat culpable de estafa..
Jo, Ililtia de Balaguer, Honorable Jutgessa del Principat de Catalunya per la gràcia del poble català, disposo:
Tenint en compte que l’acusada ha violat provadament les ordenances municipals de Tortosa al vendre un producte per sobre dels preus que hi són marcats.
Tenint en compte que l’acusada és de nivell 1 i per tant ha de tenir constància de les lleis que regnen al nostre Principat.
Tenint en compte que l’acusada reconeix el delicte.
Tenint en compte que l’acusada no té antecedents per casos similars d’estafa.
Dictamino el següent veredicte:
L’acusada Jeni23 és culpable del delicte lleu d’estafa, i per tant és condemnada a pagar una multa de 6,25 escuts, essent 1,25 el marge de benefici il·legal obtingut i 5 el càstig que li imposo, segons dicta l’article XXVII del Codi Penal.
El seu delicte serà inscrit als registres palatins, i en cas de reincidència la pena seria augmentada.
Si no està d’acord amb la sentència li recordo que té 7 dies per recórrer davant del tribunal d’apel·lació.
Fet el II del II de l’any MCDLVII, per Ililtia de Balaguer.
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Yo, Ililtia de Balaguer, Honorable Juez del Principado de Catalunya por la gracia del pueblo catalan, dispongo:
Teniendo en cuenta que la acusada ha violado probadamente la ordenanza municipal de Tortosa al vender un producto por encima de los precios que esta marca.
Teniendo en cuenta que, la acusada es nivel 1 y por lo tanto debe tener constancia de las leyes que reinan en nuestro Principado.
Teniendo en cuenta que la acusada reconoce el delito.
Teniendo en cuenta que la acusada no tiene antecedentes por casos similares de estafa.
Dicto el siguiente veredicto:
La acusada Jeni23 es culpable del delito leve de estafa, y por lo tanto es condenado a pagar una multa de 6,25 escudos, siendo 1,25 el margen de beneficio ilegal y 5 el castigo que le impongo, según el artículo XXVII del Código Penal.
Su delito será inscrito en los registros palatinos, y en caso de reincidencia la pena se vería aumentada.
Si no esta de acuerdo con la sentencia le recuerdo que tiene 7 días para recurrir ante el tribunal de apelación.
Hecho el II del II del año MCDLVII, por Ililtia de Balaguer.
L'acusat ha estat condemnat a una multa de 6 escuts..
Acta de l'acusació.La fiscalía del Principado de Catalunya acusa a la señora Jeni23 por el delito de estafa. Dicho acusado vendió 5 pieles a 15.30 escudos por encima del precio máximo permitido en la ciudad de Tortosa.
Pruebas:
https://2img.net/r/ihimizer/img254/8007/denunciaos3.jpgNivel 1. Sin antecedentes
https://2img.net/r/ihimizer/img254/997/denuncia1ih5.jpgPrimer al·legat de la defensa.L'interessat no s'ha presentat.
Al·legat de l'acusació.L'interessat no s'ha presentat.
Darrer al·legat de la defensa.Honorable Magistrada del Tribunal de Principado de Cataluya.-
Yo Jenie23, ciudadana de la Ciudad de Tortoza acudo ante usted muy respetusamente; a los fines de presentar mis alegatos en el juicio que se me ha incoado por la presunta comisión del Delito de Estafa y el cual hago en los siguientes términos: 1.- Invoco a mi favor el Principio de Presunción de Inocencia. 2.- Reconozco como cierto el hecho de haber vendido cinco (05) pieles a 15.30 Escudos. 3.- Solicito que se desistimen las pruebas presentadas por la representación fiscal, ya que no se pueden tener acceso a las mismas, lo que las hace violatorias a mi derecho a la defensa y al debido proceso. 4.- Se define como "Estafa" el delito consistente en provocar un perjuicio patrimonial a alguien mediante engaño y con ánimo de lucro. (Diccionario de la Real Academia Española); en atención a esta definición considero que yo no deberia estar incursa en la comisión de tal delito, ya que jamás he timado o engañado a nadie con el fin de que adquiera un bien o caso que produzco ni de causarle daño patrimonial alguno. 5.- Las pieles en cuestión fueron compradas o adquiridas por voluntad propia y consciente de los compradores. 6.- Considero modestamente que el listado de precios publicado por el Ayuntamiento de la Ciudad de Tortoza, al utilizar la palabra "sugerido", puede causar cierta confusión a los usuarios; ya que se puede tomar dicha palabra, como sinonimo de "proponer o "aconsejar algo"... Sugiere que no es de obligatoro cumplimiento. 7.- Por último, solicito a esta Digna Corte que desestime la presente acusación que se me lleva por la presunta comisión del delito de Estafa, valore mis alegatos y en caso contrario que se tomen en cuenta que no tengo antecedentes penales y que soy una ciudadana honesta que vive de su noble trabajo de criadora de ovejas. Es todo.-