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MissatgeAssumpte: - Antecedents de Maxstar   - Antecedents de Maxstar EmptyDj Oct 16 2008, 03:22

PART 1

Procés entre Maxstar al Principado de Cataluña

Maxstar havíeu estat acusat de alta traïció..

S'ha dictat sentència.
Enunciat del veredicte.
L'acusat ha estat declarat culpable de alta traïció..
Jo, Mir Geribert d’Olèrdola, Honorable Jutge del Principat de Catalunya per la gràcia del poble català, disposo:

Tenint en compte que l’acusat ha violat provadament el decret d’Estat d’Excepció.

Tenint en compte la situació de guerra que viu el nostre Principat des de que fou amenaçat per exèrcits invasors.

Tenint en compte que l’acusat és de nivell 2 i per tant ha de tenir constància de les lleis que regnen al nostre Principat.

Tenint en compte que l’acusat no va demanar el permís corresponent al comandant Rocabertí.

Tenint en compte que l’acusat s’ha negat a abandonar el grup armat il•legal al qual pertany malgrat els requeriments del comandant Rocabertí.

Tenint en compte que actualment el nostre gloriós Principat guanya la guerra, i que per tant el perill s’allunya de les postres terres.

Per tots els punts anteriorment esmentats dicto el següent veredicte:

L’acusat Maxstar és culpable d’Alta Traïció a Catalunya, i per tant és condemnat a pagar una multa de 100 escuts i queda bandejat d’aquest país durant 3 mesos. Té de temps 4 dies per abandonar Catalunya. Si incompleix aquesta sentència sereu executat.

El seu delicte serà inscrit als registres palatins, i en cas de reincidència la pena seria augmentada.

Si no està d’acord amb la sentència li recordo que té 7 dies per recórrer davant del tribunal d’apel•lació.

Fet el XVI del X de l’any MCDLVI, per Mir Geribert d’Olèrdola.

----------------------------

Yo, Mir Geribert d’Olèrdola, Honorable Juez del Principado de Catalunya por la gracia del pueblo catalan, dispongo:

Teniendo en cuenta que el acusado ha violado probadamente el decreto de Estado de Excepción.

Teniendo en cuenta la situación de guerra que vive nuestro Principado des de que fue amenazado por ejércitos invasores.

Teniendo en cuenta que el acusado es nivel 2 y debería conocer la legislación de nuestro Principado.

Teniendo en cuenta que el acusado no pidió el permiso correspondiente al comandante Rocabertí.

Teniendo en cuenta que el acusado se ha negado a abandonar el grupo armado ilegal al que pertenece a pesar de los requerimientos del comandante Rocabertí.

Teniendo en cuenta que actualmente nuestro glorioso Principado está ganando la guerra, y que por lo tanto el peligro se aleja de nuestras tierras.

Por todos los puntos anteriormente ya esmentados, dicto que:

El acusado Maxstar es culpable de Alta Traición a Catalunya, y por lo tanto es condenado a pagar una multa de 100 escudos y queda desterrado de este país durante 3 meses. Tiene 4 dias de tiempo para salir de Catalunya. Si incumple esta sentencia será usted ejecutado.

Su delito será inscrito en los registros palatinos, y en caso de reincidencia la pena se vería aumentada.

Si no esta de acuerdo con la sentencia le recuerdo que tiene 7 días para recurrir ante el tribunal de apelación.

Hecho el XVI del X del año MCDLVI, por Mir Geribert d’Olèrdola.
L'acusat ha estat condemnat a una multa de 100 escuts..

Acta de l'acusació.
La fiscalia del Principat de Catalunya acusa a Maxstar d’alta traïció al haver format part d'un grup armat estan en estat d'excepció i sense el permís de l’autoritat competent a la ciutat de d'Urgell. La fiscalia passa a fer declarar el Comandant dels Exèrcits del Principat de Catalunya, Dom Rocabertí de Peralada.

http://img115.imageshack.us/my.php?image=dibuixbh9.jpg

Nivell 2. Sense antecedents.

---------------------------------------

La fiscalia del Principado de Catalunya acusa a Maxstar de alta traición al haber formado parte de un grupo armado en estado de excepción y sin el permiso de la autoridad competente a la ciudad d'Urgell.
La fiscalia pide la declaración del Comandante de los Ejércitos del Principado de Catalunya, Dom Rocabertí de Peralada.

http://img115.imageshack.us/my.php?image=dibuixbh9.jpg

Nivel 2. Sin antecedentes.

Primer al·legat de la defensa.
Su Señoría, parece que este juicio es nulo e ilegal. Además, si persiste en su actitud, yo mismo le acusare de Alta Traición. A lo mejor Su Señoría no conoce el Decreto real emitido por el Consejo de Regencia: Se lo transcribo a Su Señoría:

"Nos, el Consejo de Regencia, de acuerdo con la última voluntad expresada por el Regente, nos hacemos cargo de la tutela de la Corona de Aragón hasta el regreso de Su Majestad Reginhart I

Desde el día de hoy, de acuerdo con la petición del regente, los Tercios de la Corona de Aragón quedan a las órdenes del Consejo de Regencia. En virtud de ello, se ordena a sus mandos y a sus soldados que se organicen y pongan a la espera de su decisión. Para ello, se otorga a los Tercios de la Corona de Aragón libertad de movimientos por toda la Corona, siempre que está sea autorizada por sus mandos o el Consejo de Regencia.

Los soldados y mandos de los Tercios, enjuiciados por formar grupos y/o mantenerlos deberán de ser dejados en libertad sin cargos inmediatamente. Si alguno fuera condenado por los cargos anteriormente mencionados los fiscales, jueces o gobernadores implicados cometerán Acto de Alta Traición.

Desde el día de hoy, las fronteras entre los territorios de la Corona de Aragón, formados por el reino de Aragón, el Principado de Cataluña y el reino de Valencia, quedarán completamente abiertas para cualquier ciudadano de la Corona y todo Decreto de menor rango, al respecto quedará abolido.

Por la presente el Consejo de Regencia llama a los ciudadanos fieles a la Corona a dejar las armas, y resolver pacíficamente los problemas acaecidos recientemente.

Todo Ejército que no disponga de la autorización del Consejo de Regencia es considerado ilegal y deberá ser disuelto inmediatamente, bajo pena de Alta Traición a la Corona.

Se convocan, con carácter de urgencia, las Cortes, para resolver pacíficamente la situación de la Corona, pidiendo a los respectivos brazos que elijan a sus representantes en un plazo de 24 horas.

Las Cortes se celebraran lo antes posible y todo aquel que no respete los dictámenes antes mencionados será acusado de Alta traición para con la Corona.

El Consejo de Regencia, en su totalidad, aboga por una solución pacífica de las partes en conflicto.

Todo ello en bien de la Corona y de sus ciudadanos.

Este comunicado así como todo lo escrito en el tiene rango de Decreto Real.

Firmado y aprobado por el Consejo de Regencia, el décimo día del décimo mes del año 1456.”

Como habrá podido leer, la máxima autoridad de la Corona de Aragón a la que pertenece el Principado de Catalunya, le ha ordenado dejar en libertad a los hombres del Tercio y usted persiste en su actitud ya que no sólo no cierra estos juicios sino que ha abierto nuevos después de esta fecha. Todo esto ya se lo había puesto de manifiesto en mis anteriores alegaciones en defensa de oficiales y soldados del Tercio, a lo que usted ha hecho caso omiso. Su Señoría, ¿dónde escondió su conciencia?

Y como podrá leer en este Decreto Real, no sólo no soy traidor, como otros en este Principado, sino que sólo cumplo las órdenes recibidas por mis superiores pues a ello me comprometí con mi Juramento. Y 'Los Leones de Urgel' cumplimos nuestros juramentos, no como otros muchos en este Principado. Está usted haciendo juicios después de la fecha del decreto, el traidor es usted.

El Señor Fiscal también incurré en un delito de Alta Traición al llevar estos juicios adelantes o ¿no sabe leer'. Señor Fiscal ¿dónde escondió su conciencia?

Miente el Señor Rocaberti cuando dice que me he desplazado a Tortosa. En ningún momento he abandonado Urgel. Nunca he estado en Tortosa. Además si lo hubiera hecho, que no es el caso, lo hubiera hecho siguiendo órdenes de mis superiores y, por supuesto, para defender la Corona de Aragón, como hice en la pasada guerra contra el inglés. Lo de 'actitud felona ' es una ofensa personal, impropia de un representante de la Muy Honorable Generalitat de Catalunya. Sin embargo, no se la voy a tener en cuenta, pues como dice el dicho popular 'ofende quien puede, no quien quiere'. Y el Señor Rocaberti no puede ofenderme, no tiene calidad ni categoría para ello. Además, .El Señor Rocaberti también es reo de Alta Traición según este Decreto Real pues lo que alega va contra el mismo y además lo es doblemente, pues abandera un ejército sin autorización. Señor Rocaberti ¿dónde escondió su conciencia?

Aprovecho asimismo esta ocasión para decir que NO se me ha dejado testificar en el juicio del Soldado Neopirate. Ni al Sargento Mayor Sancho Ramirez. Eso es un evidente abuso de autoridad y lo que hace que ese juicio no sea válido.

MaxStar de Urgel, Coronel del II Regimiento de Urgel del Tercio Nuevo de Catalunya de los Tercios de la Corona de Aragón.

Viva 'Los Leones de Urgel', Viva los Tercios de la Corona, Viva el Rey.

Al·legat de l'acusació.
La fiscalia pide agravante contra el acusado por negarse a abandonar el grupo y a desplazarlo posteriormente sin permiso.

Darrer al·legat de la defensa.
Su Señoría:

Parece que ya está todo dicho y diga lo que diga ahora no va a cambiar nada. Este juicio es ilegal, como todos los que se han llevado a cabo contra los leales hombres de los Tercios. Ni somos traidores ni lo hemos sido nunca, como ha quedado demostrado. El Señor Rocaberti me acusa, sin pruebas, de algo que es mentira. Da igual esto sólo es una gran farsa. Las honestas y nobles leyes del Reino nos amparaban y como muy bien ha alegado el Obispo de Lerida, no se nos puede acusar de Alta Traición. Pero Su Señoría va a hacer lo que quiera. Así que sobran las palabras. Sus conciencias las han enterrado en un ataúd y no borrarán sus manos todas las lluvias de Aragón.

Sin embargo, y para terminar quiero recurrir a la poesía, es sólo una estrofa, pero en ella se condensa toda la farsa de estos juicios políticos, ilegales y sin sentido:

"Cumplid pronto la sentencia
Pero llamarnos traidores
Nadie podrá en esta tierra
Mientes tú vil pregonero
Y aquel a quien obedezcas
Nuestra culpa fue ocuparnos
De los pueblos de esta tierra".

Viva el Rey. Viva el Consejo de Regencia. Viva la Corona de Aragón. Viva el Principado de Catalunya. Viva Urgel. Viva los Tercios de la Corona. Viva 'Los Leones de Urgel'
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MissatgeAssumpte: Re: - Antecedents de Maxstar   - Antecedents de Maxstar EmptyDj Oct 16 2008, 03:22

PART 2

La defensa ha cridat en/na Sanchoramirez
Aquest és el vostre testimoni:
Yo, Don Sancho Ramírez, Sargento Mayor del Tercio de Su Majestad en el Principado de Cataluña y condecorado en la guerra contra las huestes inglesas, declaro:

- Maxstar, como el resto de soldados y miembros del Tercio de Cataluña denunciados seguían las órdenes dadas por el Estado Mayor de los Tercios a través de mi persona, de formar los grupos para la defensa de las ciudades, ciudadanos y del Reino de Aragón, así como de sus Principados conformantes. Dando cumplimiento a su Juramento de lealtad a nuestra amada Corona, ante Su Majestad y el Altísimo.

- Además, los Tercios de Su Majestad sirven obediencia al Rey y por tanto no hay delito en su acto al no haber recibido por parte de Su Majestad o de su Consejo de Regencia orden que lo contradiga.

- La Autoridad Civil, representada en el Gobernador de Cataluña, no debe juzgar a los Ejércitos, pues sus poderes no alcanzan a los de la Corona, salvo que en su intención de juzgar, se halle una acusación a Su Majestad y en ese caso el Rey estaría siendo traicionado, altamente traicionado, por la Autoridad Civil, por lo cual solicito a este sabio Tribunal comience las premisas necesarias para la resolución de tan Alta Traición con la erradicación de los autoritarios gobernantes que tratan de imponer al pueblo de Cataluña la voluntad de una minoría, con el consecuente abuso de poder que eso supone, delito que espero no quede impune.

- Los Tercios no necesitan permisos especiales de la autoridad local para la formación de sus grupos, puesto que el Rey dio plenos poderes a los Tercios para formar cuando así fuera necesario.

Por tanto concluyo:

- Se exima a los miembros de los Tercios de Su Majestad de toda pena, pues tan solo demuestran su fidelidad al Reino que representan.

- Si aún así el abuso de poder de la autoridad del Principado de Cataluña se llevara a cabo, el juicio se llevara contra aquél que hizo llegar las ordenes a cada uno de los Coroneles y demás miembros del Tercio de Cataluña, yo, Sargento Mayor de Cataluña Sancho Ramírez admito y acepto la total responsabilidad. (De unos cargos falsos y que atentan contra las personas que los han recibido)

- Se enjuicie por alta traición a aquel que trata de dividir el Reino en contra de lo que del pueblo y Su Majestad es voluntad.

¡VIVA LA CORONA DE ARAGON!¡ VIVA EL TERCIO DE SU MAJESTAD!

Fdo. Sargento Mayor Sancho Ramírez.
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MissatgeAssumpte: Re: - Antecedents de Maxstar   - Antecedents de Maxstar EmptyDj Oct 16 2008, 03:23

PART 3

La defensa ha cridat en/na Tanys
Aquest és el vostre testimoni:
Su Señoría, se me llama para dar mi testimonio sobre una persona, que para algunos será sólo un miembro mas de los Tercios, pero que para mi es un gran amigo desde hace mucho tiempo. Quizás por ello, reconozco que no puedo más que sentir una sensación de gran injusticia en este caso.

Injusticia desde un punto de vista legal, pues al ir a consultar el delito del que se acusa a maese Maxstar al Código Penal del Principado de Catalunya leo esto:

Artículo XXVII. Se consideran alta traición las siguientes acciones:
a) El asalto de un ayuntamiento o de llamar a hacerlo, excepto si se hace con permiso del Gobernador o del Rey.
b) El asalto del castillo condal o de llamar a hacerlo, excepto si se hace con permiso del Rey.
c) Comunicar información confidencial a un gobierno extranjero o una organización criminal
d) El llamamiento a la rebeldía, la no comunicación al consejo informaciones capitales para la seguridad del condado, o de negarse a someterse a una decisión del consejo, del conde o del Juez por parte de un miembro de la Diputación de lo General, de un alcalde o cualquier otro funcionario público.

Por cuanto no se ha producido asalto alguno, no consta en la acusación que maese Masxtar haya tenido relaciones con gobierno extranjero o organización criminal alguna, ni el susodicho es miembros de la Diputación, alcalde o funcionario público, no entiendo como puede encausársele por este delito concreto de acuerdo con nuestras leyes. Además, como hasta ahora no hay una declaración expresa del Gobierno de la Generalitat proclamando su independencia, no veo como puede juzgarse o impedir la labor de los Tercios, pues su ordenamiento procede de un nivel superior a aquel del que proviene el decreto en el que se fundamenta la acusación

Injusticia desde un punto de vista moral, pues para cualquiera que conozca al acusado, es obvio que es un hombre amante de su tierra y del Principado, conocedor de su cultura y orgulloso de sus orígenes, lo que me hace ver como imposible que pueda haber en él la menor intención de perjudicar en algo a nuestra tierra.

Injusta una ve más desde un punto de vista moral porque es hombre de honor y fiel a sus obligaciones, y que en último instancia no hace más que seguir órdenes, como corresponde a su oficio de soldado. Por ello, en caso de haber falta, habría que seguir subiendo en la cadena de mano, y en todo caso, juzgar a aquel que finalmente ha decidido que los soldados permanezcan en sus puestos, pues sólo él tiene una responsabilidad real en dicho suceso. Además por cuanto maese Maxstar depende de una Institución de la Corona, y esta, en el momento de este juicio, no ha disuelto los Tercios, obligan a maese Maxstar a cometer un delito de alta traición contra ella y a deshonrarse violando la palabra y juramento que empeño al entrar a formar parte de los mismos. Lo cual sin duda deja al acusado en una situación de indefensión legal.

Injusta por último considerando los antecedentes del acusado, veterano de guerra y condecorado por su valor y entrega en varias ocasiones. Siempre presto a ayudar no sólo a su ciudad sino incluso a cualquiera que se lo requiera. Como dato personal que quiero destacar, él me escolto personalmente durante más de un mes recientemente para velar por mi seguridad por los caminos del Principado y del reino de Aragón permitiéndome con su ayuda poder predicar por los caminos, oficiar misas y sacramentos y nombrar a nuevos sacerdotes, y todo ellos a pesar de no ser creyente ni esperar ni recibir ningún premio o recompensa más que mi gratitud y amistad o el respeto a las obligaciones por las que hoy se ve juzgado. Como yo sin duda hay muchas personas, muchas ciudadanos del Principado que podrían contaros historias del mismo tipo

Le ruego a su señoría que lea detenidamente mi texto y piense si realmente un hombre como este puede o merece ser enjuiciado por alta traición.

Que Aristóteles le ilumine.

Tanys, Obispo de Lérida

L'acusació ha cridat en/na Rocabertí
Aquest és el vostre testimoni:
se le ha enviado una carta ha instancias del fiscal, para que disuelva el grupo armado y sera considerado un atenuante, no solo ha hecho caso omiso, sino que ademas se ha desplazado con un batallon más reforzado a Tortosa, zona de guerra.

Por eso solicito que su actitud felona, sea considerada como agravante

Tanca la finestra.
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