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 - Antecedents de Thorbard

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MissatgeAssumpte: - Antecedents de Thorbard   - Antecedents de Thorbard EmptyDc Oct 29 2008, 04:36

PART 1

Procés entre Thorbard al Principado de Cataluña

Thorbard havíeu estat acusat de alta traïció..

S'ha dictat sentència.
Enunciat del veredicte.
L'acusat ha estat declarat culpable de alta traïció..
Jo, Mir Geribert d�Olèrdola, Honorable Jutge del Principat de Catalunya per la gràcia del poble català, disposo:

Tenint en compte que l�acusat ha violat provadament el decret d�Estat d�Excepció.

Tenint en compte la situació de guerra que viu el nostre Principat des de que fou amenaçat per exèrcits invasors.

Tenint en compte que l�acusat és de nivell 1 i per tant ha de tenir constància de les lleis que regnen al nostre Principat.

Tenint en compte que l�acusat no va demanar el permís corresponent al comandant Rocabertí.

Tenint en compte que l�acusat s�ha negat a abandonar el grup armat il�legal al qual pertany malgrat els requeriments del comandant Rocabertí.

Tenint en compte que actualment el nostre gloriós Principat guanya la guerra, i que per tant el perill s�allunya de les postres terres.

Per tots els punts anteriorment esmentats dicto el següent veredicte:

L�acusat Thorbard és culpable d�Alta Traïció a Catalunya, i per tant és condemnat a pagar una multa de 50 escuts i queda bandejat d�aquest país durant 3 mesos. Té de temps 4 dies per abandonar Catalunya. Si incompleix aquesta sentència sereu executat.

El seu delicte serà inscrit als registres palatins, i en cas de reincidència la pena seria augmentada.

Si no està d�acord amb la sentència li recordo que té 7 dies per recórrer davant del tribunal d�apel�lació.

Fet el 29 del X de l�any MCDLVI, per Mir Geribert d�Olèrdola.

----------------------------

Yo, Mir Geribert d�Olèrdola, Honorable Juez del Principado de Catalunya por la gracia del pueblo catalan, dispongo:

Teniendo en cuenta que el acusado ha violado probadamente el decreto de Estado de Excepción.

Teniendo en cuenta la situación de guerra que vive nuestro Principado des de que fue amenazado por ejércitos invasores.

Teniendo en cuenta que el acusado es nivel 1 y debería conocer la legislación de nuestro Principado.

Teniendo en cuenta que el acusado no pidió el permiso correspondiente al comandante Rocabertí.

Teniendo en cuenta que el acusado se ha negado a abandonar el grupo armado ilegal al que pertenece a pesar de los requerimientos del comandante Rocabertí.

Teniendo en cuenta que actualmente nuestro glorioso Principado está ganando la guerra, y que por lo tanto el peligro se aleja de nuestras tierras.

Por todos los puntos anteriormente ya esmentados, dicto que:

El acusado Thorbard es culpable de Alta Traición a Catalunya, y por lo tanto es condenado a pagar una multa de 50 escudos y queda desterrado de este país durante 3 meses. Tiene 4 dias de tiempo para salir de Catalunya. Si incumple esta sentencia será usted ejecutado.

Su delito será inscrito en los registros palatinos, y en caso de reincidencia la pena se vería aumentada.

Si no esta de acuerdo con la sentencia le recuerdo que tiene 7 días para recurrir ante el tribunal de apelación.

Hecho el 29 del X del año MCDLVI, por Mir Geribert d�Olèrdola.
L'acusat ha estat condemnat a una multa de 50 escuts..

Acta de l'acusació.
La fiscalia del Principat de Catalunya acusa a Maxstar d�alta traïció al haver format part d'un grup armat estan en estat d'excepció i sense el permís de l�autoritat competent a la ciutat de d'Urgell. La fiscalia passa a fer declarar el Comandant dels Exèrcits del Principat de Catalunya, Dom Rocabertí de Peralada.

http://img115.imageshack.us/my.php?image=dibuixbh9.jpg

Nivell 1. Sense antecedents.

---------------------------------------

La fiscalia del Principado de Catalunya acusa a Maxstar de alta traición al haber formado parte de un grupo armado en estado de excepción y sin el permiso de la autoridad competente a la ciudad d'Urgell.
La fiscalia pide la declaración del Comandante de los Ejércitos del Principado de Catalunya, Dom Rocabertí de Peralada.

http://img115.imageshack.us/my.php?image=dibuixbh9.jpg

Nivel 1. Sin antecedentes.

Primer al·legat de la defensa.
L'interessat no s'ha presentat.

Al·legat de l'acusació.
La fiscalia pide agravante contra al acusado por no haberse dignado a presentarse ante este tribunal, además de no abandonar el grupo y desplazarse sin autorización.

Darrer al·legat de la defensa.
L'interessat no s'ha presentat.
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MissatgeAssumpte: Re: - Antecedents de Thorbard   - Antecedents de Thorbard EmptyDc Oct 29 2008, 04:36

PART 2

La defensa ha cridat en/na Maxstar
Aquest és el vostre testimoni:
Su Señoría, parece que este juicio es nulo e ilegal. Además, si persiste en su actitud, yo mismo le acusare de Alta Traición. A lo mejor Su Señoría no conoce el Decreto real emitido por el Consejo de Regencia: Se lo transcribo a Su Señoría:

"Nos, el Consejo de Regencia, de acuerdo con la última voluntad expresada por el Regente, nos hacemos cargo de la tutela de la Corona de Aragón hasta el regreso de Su Majestad Reginhart I

Desde el día de hoy, de acuerdo con la petición del regente, los Tercios de la Corona de Aragón quedan a las órdenes del Consejo de Regencia. En virtud de ello, se ordena a sus mandos y a sus soldados que se organicen y pongan a la espera de su decisión. Para ello, se otorga a los Tercios de la Corona de Aragón libertad de movimientos por toda la Corona, siempre que está sea autorizada por sus mandos o el Consejo de Regencia.

Los soldados y mandos de los Tercios, enjuiciados por formar grupos y/o mantenerlos deberán de ser dejados en libertad sin cargos inmediatamente. Si alguno fuera condenado por los cargos anteriormente mencionados los fiscales, jueces o gobernadores implicados cometerán Acto de Alta Traición.

Desde el día de hoy, las fronteras entre los territorios de la Corona de Aragón, formados por el reino de Aragón, el Principado de Cataluña y el reino de Valencia, quedarán completamente abiertas para cualquier ciudadano de la Corona y todo Decreto de menor rango, al respecto quedará abolido.

Por la presente el Consejo de Regencia llama a los ciudadanos fieles a la Corona a dejar las armas, y resolver pacíficamente los problemas acaecidos recientemente.

Todo Ejército que no disponga de la autorización del Consejo de Regencia es considerado ilegal y deberá ser disuelto inmediatamente, bajo pena de Alta Traición a la Corona.

Se convocan, con carácter de urgencia, las Cortes, para resolver pacíficamente la situación de la Corona, pidiendo a los respectivos brazos que elijan a sus representantes en un plazo de 24 horas.

Las Cortes se celebraran lo antes posible y todo aquel que no respete los dictámenes antes mencionados será acusado de Alta traición para con la Corona.

El Consejo de Regencia, en su totalidad, aboga por una solución pacífica de las partes en conflicto.

Todo ello en bien de la Corona y de sus ciudadanos.

Este comunicado así como todo lo escrito en el tiene rango de Decreto Real.

Firmado y aprobado por el Consejo de Regencia, el décimo día del décimo mes del año 1456.�

Como habrá podido leer, la máxima autoridad de la Corona de Aragón a la que pertenece el principado de Catalunya, le ha ordenado dejar en libertad a los hombres del Tercio y usted persiste en su actitud ya que no sólo no cierra estos juicios sino que ha abierto nuevos después de esta fecha. Todo esto ya se lo había puesto de manifiesto en mis anteriores alegaciones en defensa de oficiales y soldados del Tercio, a lo que usted ha hecho caso omiso. Su Señoría, ¿dónde escondió su conciencia?

En fin Su Señoría, voy a terminar. El Soldado Thorbard cumplía mis órdenes y con ello era fiel a su Juramento, a Su Majestad el Rey, a los Tercios de la Corona, a su Honor, a su Conciencia, a la Carta
Magna de estos reinos de Aragón, Catalunya y Valencia, a los Estatutos de los Tercios, al Principado de Catalunya del que es un leal servidor, a sus oficiales superiores, a sus compañeros de armas, y a sus vecinos de Urgel a los que estaba defendiendo.

Declaro aquí y ahora, asumiendo toda la responsabilidad que de ello se pudiera derivar, que el Soldado Thorbard sólo se limitó a cumplir las órdenes que yo personalmente le dí a él y a todos los oficiales y soldados del II Regimiento de Urgel del Tercio Nuevo de Catalunya de los Tercios de la Corona de Aragón, conocido popularmente por 'Los Leones de Urgel' por su abnegación, servicio a los habitantes de estos reinos, bravura en el combate y lealtad a la Corona y sus instituciones.

Y como podrá leer en este Decreto Real, no sólo es traidor, como otros en este Principado, sino que sólo cumple las órdenes recibidas por sus superiores pues a ello se comprometió con su Juramento. Y 'Los Leones de Urgel' cumplen sus juramentos, no como otros muchos en este Principado. Además es un héroe que defendera la unidad de la Corona de Aragón contra aquellos que quieran romparla, sean catalanes, aragoneses o valencianos.

El Señor Fiscal también incurrirá en un delito de Alta Traición al pedir agravantes, como está haciendo con otros soldados y oficiales de este leal Regimiento. El soldado cumple mis órdenes y como, habrá podido leer, del Consejo de Regencia. O es que tampoco conoce el fiscal las leyes que ha jurado mantener o es perjuro y doblemente traidor. Además el Soldado Neopirate no ha desplazado su grupo simplemente ha seguido a su inmediato oficial como es su deber. Señor Fiscal ¿dónde escondió su conciencia?

Aprovecho la ocasión para decir que NO se me hadejado testificar en el juicio del Soldado Neopirate en un evidente abuso de autoridad y lo que hace que ese juicio no sea válido.

MaxStar de Urgel, Coronel del II Regimiento de Urgel del Tercio Nuevo de Catalunya de los Tercios de la Corona de Aragón.

Viva 'Los Leones de Urgel', Viva los Tercios de la Corona, Viva el Rey.
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MissatgeAssumpte: Re: - Antecedents de Thorbard   - Antecedents de Thorbard EmptyDc Oct 29 2008, 04:37

PART 3

La defensa ha cridat en/na Sanchoramirez
Aquest és el vostre testimoni:
Yo, Don Sancho Ramírez, Sargento Mayor del Tercio de Su Majestad en el Principado de Cataluña y condecorado en la guerra contra las huestes inglesas, declaro:

- Thorbard, como el resto de soldados y miembros del Tercio de Cataluña denunciados seguían las órdenes dadas por el Estado Mayor de los Tercios a través de mi persona, de formar los grupos para la defensa de las ciudades, ciudadanos y del Reino de Aragón, así como de sus Principados conformantes. Dando cumplimiento a su Juramento de lealtad a nuestra amada Corona, ante Su Majestad y el Altísimo.

- Además, los Tercios de Su Majestad sirven obediencia al Rey y por tanto no hay delito en su acto al no haber recibido por parte de Su Majestad o de su Consejo de Regencia orden que lo contradiga.

- La Autoridad Civil, representada en el Gobernador de Cataluña, no debe juzgar a los Ejércitos, pues sus poderes no alcanzan a los de la Corona, salvo que en su intención de juzgar, se halle una acusación a Su Majestad y en ese caso el Rey estaría siendo traicionado, altamente traicionado, por la Autoridad Civil, por lo cual solicito a este sabio Tribunal comience las premisas necesarias para la resolución de tan Alta Traición con la erradicación de los autoritarios gobernantes que tratan de imponer al pueblo de Cataluña la voluntad de una minoría, con el consecuente abuso de poder que eso supone, delito que espero no quede impune.

- Los Tercios no necesitan permisos especiales de la autoridad local para la formación de sus grupos, puesto que el Rey dio plenos poderes a los Tercios para formar cuando así fuera necesario.

Por tanto concluyo:

- Se exima a los miembros de los Tercios de Su Majestad de toda pena, pues tan solo demuestran su fidelidad al Reino que representan.

- Si aún así el abuso de poder de la autoridad del Principado de Cataluña se llevara a cabo, el juicio se llevara contra aquél que hizo llegar las ordenes a cada uno de los Coroneles y demás miembros del Tercio de Cataluña, yo, Sargento Mayor de Cataluña Sancho Ramírez admito y acepto la total responsabilidad. (De unos cargos falsos y que atentan contra las personas que los han recibido)

- Se enjuicie por alta traición a aquel que trata de dividir el Reino en contra de lo que del pueblo y Su Majestad es voluntad.

¡VIVA LA CORONA DE ARAGON!¡ VIVA EL TERCIO DE SU MAJESTAD!

Fdo. Sargento Mayor Sancho Ramírez.

L'acusació ha cridat en/na Rocabert�
Aquest és el vostre testimoni:
este acusado ni ha pedido ni s ele ha concedido permiso de grupo, es más sus responsables han sido avisados por carta para que reconsiderararn su acción ilegal, haciendo caso omiso.
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