Invitat Invitat
| Assumpte: Antecedentes penales de Morganeta. Dt Jun 26 2007, 10:48 | |
| Proceso oponiendo Morganeta al Condado de BarcelonaVeredicto fallado decimonoveno de junio del MCDLV Juez/Jutge : Sanç de Viladoms. Fiscal : Bokrug. Abocado/Advocat defensor: Incomparecencia. - Cita :
- Acta de acusación
La acusada ha vendido trigo a un precio superior al marcado por las leyes municipales de Urgel (14 Esc), he aquí la prueba:
https://2img.net/h/oi5.tinypic.com/6fpasnb.jpg - Cita :
- Primer alegato de la defensa
El interesado no se ha presentado - Cita :
- Requisitoria de la acusación
Si la acusada no tiene intención de defender su causa no veo razones para posponer lo inevitable. Solicito sea considerada reo de especulación y dictada sentencia ejemplar - Cita :
- Último alegato de la defensa
El interesado no se ha presentado - Cita :
- Enunciado del veredicto
El acusado ha sido declarado culpable de estafa.
A todos los que la presente lean,
Yo, Sanç de Viladoms, Juez de Catalunya dispongo;
Considerando que la acusada incumplió probadamente con el Decreto de Precios Máximos de Urgel, que establece el precio del trigo a 14 escudos;
Considerando que la acusada no se presentó ante este Tribunal, circunstancia que voy a considerar agravante;
Considerando que, según dicho decreto, propone una multa de 10 escudos para los niveles 0 (nivel que tenía cuando se cometió el delito) más el sobreprecio al que se vendió el producto, dictamino;
Que la acusada Morganeta es culpable del delito del que se la acusa, y teniendo en cuenta las circunstancias y agravantes anteriores, se le condena a una multa de 11 escudos, correspondientes a la diferencia entre el precio máximo y al que ella vendió (1 escudo), así como una sanción por los hechos de 10 escudos. Su delito será inscrito debidamente en los registros condales, y en caso de reincidencia, la pena se vería aumentada. Le recomiendo que consulte la tabla de precios máximos del Ayuntamiento de Urgel, fácilmente accesible desde él.
Hecho el decimonoveno de junio del MCDLV, por Sanç de Viladoms.
El acusado ha sido condenado a una multa de 11 escudos |
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Invitat Invitat
| Assumpte: Segundo proceso de Morganeta Dt Jun 26 2007, 10:50 | |
| Segundo proceso oponiendo Morganeta al Condado de BarcelonaVeredicto fallado decimonoveno de junio del MCDLV Juez/Jutge : Sanç de Viladoms. Fiscal : Bokrug. Abocado/Advocat defensor: Incomparecencia. - Cita :
- Acta de acusación
Nuevamente aparece este acusado ante su señoría y acusado del mismo delito la venta de productos por encima del precio máximo decretado en su ciudad. He aqui la prueba: https://2img.net/h/oi19.tinypic.com/4u8ymqd.jpg ¡Caiga todo el poder de la justicia sobre el acusado! - Cita :
- Primer alegato de la defensa
El interesado no se ha presentado - Cita :
- Requisitoria de la acusación
Que decir, ni siquiera tiene le valor de presentarse ante la ley. Solicito le sea aplicada la ley con toda su dureza para general escarmiento de los especuladores. - Cita :
- Último alegato de la defensa
El interesado no se ha presentado - Cita :
- Enunciado del veredicto
El acusado ha sido declarado culpable de estafa.
A todos los que la presente lean,
Yo, Sanç de Viladoms, Juez de Catalunya dispongo;
Considerando que la acusada incumplió probadamente con el Decreto de Precios Máximos de Urgel, que establece el precio del trigo a 14 escudos;
Considerando que la acusada no se presentó ante este Tribunal, circunstancia que voy a considerar agravante;
Considerando que, según dicho decreto, propone una multa de 10 escudos para los niveles 0 (nivel que tenía cuando se cometió el delito) más el sobreprecio al que se vendió el producto;
Considerando que la acusada, aún ser nivel 0 en aquél momento, no se la puede considerar como novata, pues cometió el mismo delito anteriormente, dictamino;
Que la acusada Morganeta es culpable del delito del que se la acusa, y teniendo en cuenta las circunstancias y agravantes anteriores, se le condena a una multa de 21 escudos, correspondientes a la diferencia entre el precio máximo y al que ella vendió (1 escudo), así como una sanción por los hechos de 10 escudos, más una pena por reincidencia de 10 escudos más (correspondientes a la misma sanción anterior). Su delito será inscrito debidamente en los registros condales, y en caso de reincidencia, la pena se vería claramente aumentada. Le vuelvo a pedir a que antes de vender, consulte la tabla de precios de su ayuntamiento.
Hecho el decimonoveno de junio del MCDLV, por Sanç de Viladoms.
El acusado ha sido condenado a una multa de 21 escudos |
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