Procés entre Pablog al Principado de Cataluña
Pablog havíeu estat acusat de esclavatge..
S'ha dictat sentència.
Enunciat del veredicte.L'acusat ha estat declarat culpable de esclavatge.. Jo, Marisun de Pladevall, Honorable Jutgessa del Principat de Catalunya per la gràcia del poble català, disposo:
Tenint en compte que l’acusat ha violat provadament l’article XIX del Codi Penal de Catalunya, el qual remet a la llei del Salari Mínim, al contractar una persona per un preu inferior a l’establert.
Tenint en compte que l’acusat és de nivell 1 i per tant ha de tenir constància de les lleis que regnen al nostre Principat.
Tenint en compte que l’acusat no té antecedents per casos similars d’esclavisme.
Dictamino el següent veredicte:
L’acusat Pablog és culpable del delicte lleu d’esclavisme, i per tant és condemnat a pagar una multa de 6 escuts, essent 1 el marge de benefici il•legal obtingut i 5 el càstig que li imposo, segons dicta l’article XXI del Codi Penal.
El seu delicte serà inscrit als registres palatins, i en cas de reincidència la pena seria augmentada.
Si no està d’acord amb la sentència li recordo que té 7 dies per recórrer davant del tribunal d’apelació.
Fet el VII del VI de l’any MCDLVI, per Marisun de Pladevall.
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Yo, Marisun de Pladevall, Honorable Jueza del Principado de Catalunya por la gracia del pueblo catalan, dispongo:
Teniendo en cuenta que el acusado ha violado probadamente el articulo XIX del Código Penal de Catalunya, el cual remite a la ley del Salario Mínimo, al contratar por un precio inferior al establecido.
Teniendo en cuenta que, el acusado es nivel 1 y por lo tanto debe tener constancia de las leyes que reinan en nuestro Principado.
Teniendo en cuenta que, el acusado no tiene antecedentes por casos similares de esclavismo.
Dicto el siguiente veredicto:
El acusado Pablog es culpable del delito leve de esclavismo, y por lo tanto es condenado a pagar una multa de 6 escudos, siendo 1 el margen de beneficio ilegal y 5 el castigo que le impongo, según el artículo XXI del Código Penal.
Su delito será inscrito en los registros palatinos, y en caso de reincidencia la pena se vería aumentada.
Si no esta de acuerdo con la sentencia le recuerdo que tiene 7 días para recurrir ante el tribunal de apelación.
Hecho el VII del VI del año MCDLVI, por Marisun de Pladevall
Acta de l'acusació.
La Fiscalia del Principat de Catalunya acusa al senyor Pablog pel delicte d’esclavisme segons allò establert en el Títol Tercer del Codi Penal aprovat el 15 de març de 1457 pel Govern de la Generalitat de Catalunya i sancionat el 22 de maig de 1457 per les Corts del Principat de Catalunya, en contractar a Deb79 a 14 escuts sent el mínim 15.
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La Fiscalía del Principat de Catalunya acusa al señor Pablog por el delito de esclavismo según lo establecido en el Título Tercero del Código Penal aprovado el 15 de marzo de 1457 por el Gobierno de la Generalitat de Catalunya y sancionado el 22 de mayo de 1457 por las Cortes del Principat de Catalunya, al contratar a Deb79 a 14 escudos siendo el mínimo 15.
Fitxa de l’acusat/Ficha del acusado:
https://2img.net/r/ihimizer/img80/7870/pablog.pngProves/Pruebas:
https://2img.net/r/ihimizer/img80/7870/pablog.pngNivell/Nivel 1.
Antecedents/Antecedentes: No
Primer al•legat de la defensa.
Ilustres señores del Tribunal de Justicia Catalán:
Me permito decirles que en ningún momento he actuado con intención de provocar esclavismo en contra de otra persona, no conocía que el salario minimo fuese de 15 escudos, pero al ser abogado soy conciente de que el desconocimiento de la ley no me exime de mi responsabilidad penal para con el Principado de Cataluña y sus habitantes.
Les rogaria me indiquen si hay alguna manera de llegar a un acuerdo entre las partes, me interesa rdevolverle los 100 denarios que he quitado sin intención a la supuesta victima.
Reitero que nunca obre de mala fé y solicito que esto sumado al hecho de no tener antecedentes penales previos, sea tomado como atenuante en el juicio que se me adelanta.
Solo me resta por decirles que en caso de fallar la sentencia como culpable, les pido el favor de que la condena sea directamente proporcional a la cuantia del delito. para una cuantia de 1 escudo cual seria la pena impositiva???
Comedidamente les sugiero que antes de gastar puntos de Estado en el ámbito de la Justicia, (que a proposito, un punto de esos es mas costoso que la cuantia misma del delito, ironico)se deberia hacer una mediacion entre las partes.
Gracias por escucharme. (leerme en su defecto)
Pablo Ginardi
Al•legat de l'acusació.
El acusado se arrepiente del delito, pero como él mismo dice, el desconocimiento de la ley no exime de ella. Ruego se tenga en cuenta el arrepentimiento a la hora de dictaminar la sentencia.
Darrer al•legat de la defensa.
Creo que he sido lo suficientemente claro en mi defensa asi que lo unico que debo añadir es que la condena a imponer sea totalmente acorde a la cuantia del delito.
En palabras castellanas, mi delito es por 1 escudo, solicito por favor que la levedad del delito, mi postura remediadora y mi ausencia de antecedentes sean tomados como atenuantes.
Mil Gracias y buen juego
Pablo.