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 Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí

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ramirodearagon
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MissatgeAssumpte: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDl Nov 16 2009, 06:46

Abro un debate para que expresen sus comentarios respecto a este tema aquí y no en las sesiones ordinarias.
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Tazthor
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDc Nov 18 2009, 02:10

Pues empezemos - dijo Tazthor

Algunos de aquí piensan que Rocabertí está de síndico ilegal por Barcelona, como abrimos aquí el debate, que expongan el porqué creen eso.

Por el otro lado, los que crean que Rocabertí si está legalizado en las Cortes, que expongan el porqué creen que si.
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDj Nov 19 2009, 08:18

Bueno, ya explique es su momento porque creí que no era legal la presencia del Sr. Rocaberti en esta sala de las Cortes. Para mi, el Sr. Rocaberti y aunque no haya nada escrito sobre este tema, es un cargo público nombrado por el Sr. Gobernador y creo que según la actual ley de incompatibilidades es ilegal su nombramiento como Sindico, aparte de que las votaciones las abriera el o la Tribuno correspondiente en ese momento, teniendo que ser el Alcalde pertinente o Alcalde en funciones. Si no hubiese podido por la circustancia que fuese, con autorizar al Trbuno, hubiese sido suficiente. Por supuesto que la autorización debería de plasmarse en el post correpondiente a la apertura de las votaciones.
De todas las formas ya es tarde para declararlo ilegal para esta V sesión -ya que estamos terminando-pero si sería interesante que se pronuciasen las Cortes en este tema y se dejase constancia, para que no volviese a ocurrir.

Estas son las formas y maneras que se tienen para pasar o meter de solapillo, e intentar con ello el tapar las meteduras de pata. No es mas facil decir.......señores nos hemos equivocado, vamos a intentar arreglarlo. Yo creo que es lo que procede, todo el mundo nos podemos equivocar.

Quiero dejar constar que, no tengo nada personal contra el Sr. Rocaberti a pesar de que no apruebe sus formas y maneras de comportamiento que tiene, pero como he dicho en otros momentos, los respeto. Eso si, no creo que deba de callarme y exponer como pienso, que por lo que parece ser, es lo que pretende el Sr. Rocaberti.
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Rocabertí
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDs Nov 21 2009, 09:42

Acaba de demostrar, el sindico Jalapues, que no tiene ni idea de lo que esta hablando, ni tan solo ha tenido la decencia de informarse.

Si hubiera tan solo leido mis argumentaciones a la que salio este bulo, por parte de gente con ganas de meter ruido, puesto que despues han estado bien calladitos durante 2 meses, sabria que no abrio la votación el tribuno, sino el alcalde electo Maties, el tribuno abrio por orden del alcalde, la presentación de candidatos que es muy distinto.

El resto, como minimo por respeto a estas Cortes, ya que todos tenemos bastante trabajo, como para perder inutilmente el tiempo, creo que deberia como minimo argumentarlo.

El decir que yo creo que incumple la actual ley de incompatibilidades, es no decir nada, o como decir yo creo que hoy hara buen dia.
Para no hacer el ridiculo, como minimo podria poner la actual ley de incompatibilidades, que dudo que tan solo la conozca, y exponer el punto que incumple.

Puede decir misa, pero sus acciones hablan por si solas, acaba de demostrar que no tienen idea de lo que esta hablando, por lo tanto si me lo tomo como una cuestión personal, y espero que si tiene algo de caballero, acepte mi reto público de solucionar nuestras diferencias en el campo del Honor, llamado Arena.
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDg Nov 22 2009, 02:32

El de Gràcia se alzó, miró a los síndicos legales, uno por uno, y habló.

No entiendo por qué se tienen que volver a exponer los argumentos. A caso no se hizo ya? A caso los presentes síndicos no estaban presentes en la anterior sesión de cortes? No? Sí? Quizá? Pues bien, mis argumentos de por qué creía que el síndico ilegal de las cortes era ilegal, ya son conocidos por todos.
Expuse su ilegalidad, todos la vieron, incluso él, incluso sus compañeros de partido que dijeron que era cierta e intentaron desacreditar mi condición legitima de síndico equiparándola con la de este indeseable militar prepotente. Demostré mi legalidad, sin embargo, él no puede. ¿Cuál es la discusión? No entiendo la duda que pueda caber. Cuando un asesino mata, está claro que cometió un crimen, a caso las cortes se reúnen para debatirlo? No, la evidencia mata cualquier duda. Rocabertí es ilegal porque fue nombrado por un órgano superior, un cargo militar, el único que es incompatible con ser síndico.
No hay posibilidad de duda, no cabe duda, lo evidente se hace insultante ya, la osadía de este plebeyo con humos de marqués es tal que se convierte en un insulto por el Principat y sus nobles instituciones.

Es vergonzoso como los síndicos menetrals que en su momento aceptaron y comprendieron la ilegalidad de Rocabertí callen, simplemente por una política de partido a la cual, por cierto, yo tambié fue sometido en su momento y que por ello abandoné.
Perfecto, sigan así, pero el tiempo pone todos a su lugar, y recuerden, a todo Rocabertí le llega su San Martín.
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDg Nov 22 2009, 03:31

Cita :
Cualquier persona que ostente un cargo público, ya sea elegido democráticamente (cargos políticos) o por propuesta de un órgano superior (por ejemplo, policías) no podrá ocupar otros cargos públicos, según los casos y con excepción de las situaciones especiales, detallado todo a continuación:
(...)- Síndicos de las Cortes, incompatibilidad con cualquier otro cargo, excepto el de policía.
Cita :

Artículo I: Cargos militares en el Ejército:

Se establecen 3 categorías para los cargos militares, cada una de ellas con sus subcategorías:

OFICIALES:
- Senescalesc o Comandante General

Comandante general es un cargo según el estatuto del ejército y además es elegido por un órgano gubernamental (gobernador).
Todo cargo es incompatible con otro cargo, según la ley de incompatibilidad.
Por lo tanto, el cargo de comandante general es incompatible con el cargo de síndico.
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDg Nov 22 2009, 06:31

A Roger se le iluminó la cara. Sus ojos resplandecían llorosos, incluso una lágrima se dejó caer en su mejilla; no pudo contener su emoción. No estaba solo, pensaba, hay más gente que sabe leer e incluso que interpreta las leyes tal y como son. Dios existe, sin duda alguna.
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDg Nov 22 2009, 09:28

Mire señor Rocabertí, no voy a gastar mas palabras para dirigirme a usted. Es usted o ha sido ilegal durante dos meses, como tantas y tantas cosas que hacen ilegales con el amparo del Gobierno de turno.

No le voy a decir nada del Ejercito, ya que hay mucha gente que merece mi respeto, pero si se lo voy a decir a usted. Lo mejor que podía usted hacer, es ocuparse de él y arreglar el Bug o informar del mismo, si eso es así. Tiene usted dos comandantes de ejercito con nivel 1 y con menos de tres meses en el Principado. Si es un Bug, lo aclare y si no es así.....que hacen de comandantes de ejercito esos personajes? Le recuerdo que para aclarar que es un bug, deberían de enseñar el reporter a los administadores, si no es así y realmente han sido erradicados en su momento, entonces eso es ilegal ya que vá en contra del propio estatuto del ejercito.

Con respecto a su "reto público" , se lo haga usted a cualquier compañero de armas, lo mio es decir la verdad sin retar a nadie para esconder la mentira y la falacia. Ya se puede usted imaginar como me tomo ese reto..............."!!!tengo un miedo!!!!" No me haga reir mas, Sr. Rocabertí y haga las cosas bien de una vez. Esta demostradisimo que usted ha sido un Sindico ilegal desde hace dos meses. Ahora ya puede estar tranquilo, "sus cpm`pañeros de Partido" en el Gobierno, ha sacado una Ley, que aparte de otras cosas, le ampare a usted de esta situación ilegal. Y esto si se lo puede tomar a titulo personal.......... usted si que hace el ridiculo, todo lo arregla retando a la gente, tenga cuidado haber si se vá a encontrar usted con la horma de su zapatilla.
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDg Nov 22 2009, 09:35

Como es normal en estas situaciones, el Sr. Rocabertí no contestará ya que otro compañero Sindico ha sacado y copiado la Ley Incompatibilidades que existía hasta ayer. Yo creí Sr. Rocaberti, que al presentarse a Sindico, conocia las Leyes y no solamente los retos a los demas. Queda demostrada su ilegalidad.
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Rocabertí
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDg Nov 22 2009, 12:26

No intente ocultar su incompetencia, con burdas excusas.

No tenia ni idea de la ley de incompatibilidades, ha tenido que pasarle una misiva el bastardo de los Berasategui, con los pseudoargumentos que esgrimio el la plaza del Principat, que no en estas Cortes, y que fueron debidamente replicados por mi, ante lo que el de la sotana opto, primero por insultar y despues por callar, como nos tiene acostumbrados.

Queda demostrada su total incompetencia y nula capacidad de argumentar, con la difamación que acaba de vertir ahora, hacia un supuesto compañero sindico que según usted ha" copiado y sacado la ley que existia hasta ayer", aparte de no enterarse se expresa penosamente, hay que hecharle imaginación para entender lo que quiere decir.

Ya que veo que no se entera de nada, puesto que en plena sesión de Cortes se ha ausentado del Principat, y pretende con el uso de misivas, hacer ver que aún se encuentra entre nosotros.

Se lo voy a explicar, a ver si Lo entiende(aunque lo dudo), esta ley que dice que han sacado y copiado, resulta que es la ley que se acaba de refrendar en la V y última sesión de estas Cortes, que ademas ya han sido cerradas por el Presidente.

Supongo que ademas de su incompetencia manifiesta como sindico, y tener un apuntador en estas Cortes de su misma altura en estos temas, hay que sumarle que estando en Valencia, tampoco se ha enterado de estos y otros sucesos.

Y si le reto, es por mentiroso aparte de incompetente, tengo curiosidad por saber si su incompetencia llega hasta su honor de caballero, aunque dudo que lo tenga.

Tengo paciencia, esperare a que regrese de su oportuno o inoportuno viaje según como se mire, despues ire a buscarle en la ciudad del Principat donde se encuentre, para que pueda demostrar que su bravuconeria no esta solo en su boca, perdón queria decir en su pluma, porque ni boca propia tiene.

Y le repito, porque veo que es corto de entendederas, estas Cortes estan cerradas, asi que sus insultos me han estado proferidos fuera de sesión y Cortes, se lo explico para que no continue haciendo el ridiculo, excusandose en las Cortes y sus prerrogativas.
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDl Nov 23 2009, 07:42

Tú, simplemente, es que no llegas a más.
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDl Nov 23 2009, 08:44

ramirodearagon escrigué:
Cita :
Cualquier persona que ostente un cargo público, ya sea elegido democráticamente (cargos políticos) o por propuesta de un órgano superior (por ejemplo, policías) no podrá ocupar otros cargos públicos, según los casos y con excepción de las situaciones especiales, detallado todo a continuación:
(...)- Síndicos de las Cortes, incompatibilidad con cualquier otro cargo, excepto el de policía.
Cita :

Artículo I: Cargos militares en el Ejército:

Se establecen 3 categorías para los cargos militares, cada una de ellas con sus subcategorías:

OFICIALES:
- Senescalesc o Comandante General

Comandante general es un cargo según el estatuto del ejército y además es elegido por un órgano gubernamental (gobernador).
Todo cargo es incompatible con otro cargo, según la ley de incompatibilidad.
Por lo tanto, el cargo de comandante general es incompatible con el cargo de síndico.


Vamos a ver Sr.Rocaberti, lo primero que no se quien es el que tiene mas incompetencia, si usted o "la carreta del chaval".

Mire Sr. Rocabertí, es ya muy cansado estar todo el día enseñandole, creo que ya es suficiente, dediquese a lo suyo -que según usted es lo militar- y deje ya de intentar defenderse de algo que está clarisimo.

No se ofusque con su defensa y lease la Ley que acaba de aprobarse con fecha de hoy en estas Cortes. La citación que tiene al principio de este Post, es la que copió y sacó el compañero Sindico el Sr. ramirodearagón y está fechada el 02 de Febrero y sancionada el 16 de febrero del presente año. Esa es la Ley que regía mientras usted era Sindico de estas Cortes, por lo tanto ilegal.

Con respecto a mi viaje, no le tengo que dar a usted ninguna explicación, si es caso sería al presidente en Cortes, pero ya que lo saca a coalición, le comento que es un viaje por motivos personales, pero eso sí, no he dejado mi compromiso con estas Cortes ni un solo día, y como comprenderá no me hace falta estar haciendo ver si estoy o no con el resto de mis compañeros, por descontado que no quiero hacer ver que estoy con usted, es lo peor que me podría pasar.

No me espere Sr. Rocaberti, que no le voy a hacer caso. Ya le dije que retase usted a algún compañero de armas o conocido, pero que por mucho que usted lo intente, no voy a caer en la provocación. Mi honor de caballero, está demostradisimo, no voy liquidando a gente inocente, ni tampoco reto a nadie para aclarar las posturas de cada cual.

Ya veo que el corto de entendederas en usted, cuando yo le hice la referencia, la V sesión de las Cortes estaba abierta, ha sido usted quien a respondido a todos los comentarios y pruebas, para intentar defenderse.

En lo tocante a si tengo apuntador.........Sr. Rocaberti, no me hace falta ningún apuntador, yo sé perfectamente lo que digo y antes de contestarle a cualquier persona, me documento y leo.

Deje ya de intentar desviar los asuntos importantes con sandeces y pataletas e intente documentarse antes de hablar.


P.D. : se lo escribo en parrafos separados ya que así tiene mejor asimilación y comprensión el texto.
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDl Nov 23 2009, 12:13

Repitiendo como un loro lo que le ha pasado el apuntador, no hace más que reconocer su inutilidad, bueno como loro si es bueno :-)

Se nota a la legua de donde sale su pseudo-argumento, pues comete el mismo error malicioso que ya cometio el bastardo y que le replique perfectamente hace meses, ante lo que se callo.

Solo pega, el preambulo de la antigua ley de incompatibilidades, no la ley entera, por eso aún dudo que se la sepa.

No se donde ha visto que me defienda de sus necedades, ya me defendi y lo argumente en su momento ante el bastardo, con las copias malas o sus loros, no pieso argumentar, pues dudo que esten capacitados para la comprensión de terminos legales, fechas de promulgación de lo que pegan como loros y demas cuestiones legales.

Por lo demas, ya ha demostrado que no tiene honor, lo intuia, pues no esta en la naturaleza de un loro, y si lo esta la cobardia.

queda demostrado, y con esto acabo, pues aún no soy marinero para platicar con un loro, por bien entrenado y locuaz que sea el pajarito.
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDl Nov 23 2009, 12:23

Elleonor escrigué:
Cita :
Ley NO vigente.

Cita :
Llei d’incompatibilitat de càrrecs públics:

Qualsevol persona que ostenti un càrrec públic, ja sigui elegit democràticament (càrrecs polítics) o per proposta d’un òrgan superior (per exemple, policies) no podrà ocupar altres càrrecs públics, segons els casos i amb excepció de les situacions especials, detallat tot a continuació:

- Alcaldes, incompatibilitat amb qualsevol altre càrrec, excepte el de policia.
- Policies, incompatibilitat amb càrrecs de consellers de la branca de justícia (prefecte, fiscal i jutge), presidència de la Generalitat i Tribunal d’Apel·lació.
- Prefecte, fiscal i jutge, incompatibilitat amb qualsevol altre càrrec.
- Resta de Consellers de la Generalitat, incompatibilitat amb qualsevol altre càrrec extern al govern, excepte el de policia.
- Presidència de la Generalitat, incompatibilitat amb qualsevol altre càrrec.
- Síndics de les Corts, incompatibilitat amb qualsevol altre càrrec, excepte el de policia.
- Membres del Tribunal d’Apel·lació, incompatibilitat amb qualsevol altre càrrec.

Si un d’aquests membres pretengués ocupar un altre càrrec diferent a l’actual haurà de renunciar públicament al previ.

Situacions especials:
1.- Un Síndic de les Corts en plena sessió que opta a un altre dels càrrecs, ho continua sent fins el final de la sessió.
2.- Un alcalde que desitgi postular-se a conseller de la Generalitat, podrà fer-ho sempre i quan el seu càrrec acabi abans de 10 dies d’iniciada la nova legislatura del Principat. No podrà optar a renovar el seu càrrec com alcalde.
3.- Els tribuns no queden afectats per aquesta llei.
4.- En el moment d’entrada en vigor d’aquesta llei, totes aquelles persones que estiguin en una situació d’incompatibilitat tenen 10 dies, per renunciar a un dels càrrecs; havent de renunciar primer al càrrec no electe, o podent escollir quin dels dos deixa si els dos càrrecs incompatibles són no electes.

Decretat i Aprovat a Girona, 2 de febrer de 1457

Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí Govern2uf3Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí Govern3tr8

Sancionat al Palau de Pedralbes, 16 de feber de 1457

Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí Catalogne2nc1

---------------------------------------------------------------------------------------------------------

Cita :
Ley de incompatibilidad de cargos públicos:

Cualquier persona que ostente un cargo público, ya sea elegido democráticamente (cargos políticos) o por propuesta de un órgano superior (por ejemplo, policías) no podrá ocupar otros cargos públicos, según los casos y con excepción de las situaciones especiales, detallado todo a continuación:

- Alcaldes, incompatibilidad con cualquier otro cargo, excepto el de policía.
- Policías, incompatibilidad con cargos de consejeros de la rama de justícia (prefecto, fiscal y juez), presidencia de la Generalitat y Tribunal de Apelación.
- Prefecto, fiscal y juez, incompatibilidad con cualquier otro cargo.
- Resto de Consejeros de la Generalitat, incompatibilidad con cualquier otro cargo externo al gobierno, excepto el de policía.
- Presidencia de la Generalitat, incompatibilidad con cualquier otro cargo.
- Síndicos de las Cortes, incompatibilidad con cualquier otro cargo, excepto el de policía.
- Miembros del Tribunal de Apelación, incompatibilidad con cualquier otro cargo.

Si uno de estos miembros pretendiese ocupar otro cargo distinto al actual deberá renunciar públicamente al previo.

Situaciones especiales:
1.- Un Síndico de la Cortes en plena sesión que opta a otro de los cargos, lo continúa siendo hasta el final de la sesión.
2.- Un alcalde que desee postularse a consejero de la Generalitat, podrá hacerlo siempre y cuando su cargo como alcalde termine antes de 10 días de iniciada la nueva legislatura del Principat. No podrá optar a renovar su cargo como alcalde.
3.- Los tribunos no quedan afectados por esta ley.
4.- En el momento de entrada en vigor de esta ley, todas aquellas personas que esten en una situación de incompatibilidad tienen 10 días, para renunciar a uno de los cargos; teniendo que renunciar primero al cargo no electo, o pudiendo escoger cual de los dos deja si los dos cargos incompatibles son no electos.

Decretado y Aprobado en Girona, 2 de Febrero de 1457

Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí Govern2uf3Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí Govern3tr8

Sancionado en Pedralbes, 16 de febrero de 1457

Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí Catalogne2nc1


Vamos a ver Sr. Rocaberti, le habla el "loro", lease por favor el total de la Ley que hasta el dia de ayer estaba en vigor. tanto le cuesta entenderla, lo que siento es que no la transcribí yo, si no se la hubiera puesto con las linea y parrafos mas separados. Por mi puede usted acabar cuando quiera, yo sigo manteniendo y demostrando lo que he dicho, cosa que por su parte aún está por ver.
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDl Nov 23 2009, 13:19

Ya sabiamos que sabe pegar, es un loro bien amaestrado, pero lo que dudo es que sepa leer.

A ver, lorito, donde ve que se mencione algún cargo militar en esta lista, el cargo más parecido es el de policia y que pone en su incompatibilidad??

Por cierto, cuando piensa regresar de Valencia, mis padrinos le vendran a ver a la que vuelva a Lleida, si no quiere aceptar el reto usted mismo, pero todos han de ver que es muy valiente con la pluma usando palabras prestadas, y un cobarde en sus actos.
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDl Nov 23 2009, 15:27

La ley dice todo cargo, ya sea elegido democráticamente o elegido por un órgano superior. El resto son situaciones especiales y excepciones. Por ejemplo, el cargo de rector no está especificado en la parte de excepciones y aún así todos sabíamos que era incompatible con otro cargo.
Pero ya está, ya hay una nueva ley.

Otra cosa, estaría bueno que los síndicos que no han renovado (o por lo menos aún) su puesto se retiren de la sala, debido a que está ya terminando su mandato.
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MissatgeAssumpte: Re: Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí   Debate sobre la legalidad o no de Rocabrtí EmptyDl Nov 23 2009, 20:20

Precisamente Sr. Rocaberti, lo unico que usted demuestra es tener cada día menos noción y menos educación. No hace falta que mencione ningún cargo militar, aunque lo que usted hubiese preferido, es que se hicieran mención a su nombre. No crea que es tan importante Sr. Rocaberti, es usted un inculto total, fraseador de los demas, maleducado y prepotente.

A sus padrinos les puede usted enviar de vacaciones, la valentía no se demuestra retando a nadie, se demuestra con hechos, como por ejemplo habiendo dimitido usted del cargo de Sindico al ser evidentemente ilegal.

Haga el favor de ir a clases de expresión y comprensión oral, ya veo que a usted cada día le cuesta mas entender y explicarse con nitidez.

Las personas que me conocen,saben perfectamente como soy, y no me interesa en absoluto demostrarle a usted ninguna de mis cualidades o defectos, ya que es usted una persona sin ningún tipo de valores.

Así que su cargo es lo mas parecido a un policia? No tiene ni idea de lo que es desarrollar el cargo de Policia, precisamente si en algo se caracterizan los buenos policias del Principado es en su educación y disponibilidad hacia los demas, cosa que en usted hay una carecencia total.

Dediquesé a dar "mamporrazos" por donde quiera, y deje de amenazar tanto. Los "mamporreros" como usted, no saben de comportamiento ni educación.

Que ignorancia la suya señor Rocaberti, no me extraña que todo lo que usted toca esté como está. Si usted esta pensando que mis palabras son prestadas........demuestra perfectamente el poco saber y la poca intuición que usted tiene. Que pena que esté usted manejando valores del Principado, así nos vá con la imagen que tenemos fuera de él.

Y ahora si que voy a ser "lorito" pero eso sí, solo para decirle como ha dicho el compañero Sindico ramirodearagon, si no ha sido usted elegido, "vayasé Sr. Rocaberti" que ya hemos tenido bastante Sindico ilegal en estas Cortes.
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