La fiscalia se presenta para acusar a Boabdil por cometer el delito de esclavismo, ofertando un trabajo con la condicion de tener 19 PI, ofreciendo y pagando 20 escudos, siendo conocido que un trabajo con esos requerimientos deberia ser pagado con 22 escudos como minimo.
Pruebas:
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Alegado de la defensa:
Lo siento, fue un despiste.
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Alegado de la fiscalia:
La fiscalia solicita que se sancione el delito como leve.
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El interesado no se ha presentado.
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Yo Dom Roger_de_gracia, juez del condado de Barcelona y por la gracia de Dios nuestro señor Aristóteles, dispongo:
Teniendo en cuenta que, él acusado ha violado probadamente el articulo XIX de la ley de los salarios mínimos del Código Penal de Catalunya, al contratar por un precio inferior al establecido.
Teniendo en cuenta que, él acusado es nivel 1 y por lo tanto debe tener constancia de las leyes que reinan en nuestro condado.
Teniendo en cuenta que, él acusado no tenía ni tiene antecedentes por casos similares de esclavismo.
Teniendo en cuenta la petición de la fiscalia.
Por todos los puntos anteriormente ya nombrados, dicto que:
Él acusado Boabdil es culpable por
esclavismo, y por lo tanto es condenado a pagar una multa de 5 escudos.
Su delito será inscrito en los registros condales, y en caso de reincidencia, la pena se vería aumentada.
Si no esta de acuerdo con la sentencia le recuerdo, que, tiene 7 días para recurrir ante el honorable tribunal de apelación.
Hecho el 25 del 9 del año de nuestro señor 1455 por Dom Roger_de_gracia.
He dicho.