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 Judici Innocent Kossler

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MissatgeAssumpte: Judici Innocent Kossler   Judici Innocent Kossler EmptyDl Nov 14 2011, 21:44

Procés entre Kossler al Principado de Cataluña

Kossler havíeu estat acusat de estafa..

S'ha dictat sentència.
Enunciat del veredicte.
L'acusat ha estat alliberat.
Jo, Oleguer6 de Gaià, Honorable Jutge del Principat de Catalunya per la gràcia del poble català, disposo:

Tenint en compte que en teoria l'acusat ha violat el Títol Primer del Codi Penal sancionat el 24 de desembre de 1458 per les Corts del Principat de Catalunya, en comprar un producte que no pot utilitzar sense haver demanat els permisos corresponents, cometent així un delicte d'especulació.

Tenint en compte que l'acusat és de nivell 3 i per tant ha de tenir constància de les lleis que regnen al nostre Principat.

Tenint en compte que l'acusat no té antecedents pel mateix delicte d'especulació.

Tenint en compte que l'acusat s'ha presentat davant d'aquest tribunal explicant el seu cas tot considerant-se innocent.

Tenint en compte les explicacions esgrimides per la defensa que consten del que notifiquen els títols I, III, IV i V de la llei de Comerç.

Tenint en compte les causes i les voluntats que ha esgrimit l'acusat i la seva condició d'alcalde i noble que el justifiquen.

Tenint en compte la bona voluntad a que ens obliga la Carta del Jutge com a document més important pels tribunals.

Tenint en compte les declaracions de la defensa presentades pel Tinent de policia de Casp anomenat Longestic que demostra la voluntad de l'acusat i les seves accions.

Tenint en compte les declaracions emeses per la Fiscalia i per l'acusat.

Dictamino el següent veredicte:

L'acusat Kossler és innocent de delicte lleu d'especulació i per tant l'allibero de cap condemna tal i com demana la Carta del Jutge i tal i com el nostre Codi ens permet.

Si no està d'acord amb la sentència li recordo que té 7 dies per recórrer davant del Tribunal d'Apel.lació.

Fet el XV del XI de l'any MCDLIX, per Oleguer6 de Gaià

-------------------------

Yo, Oleguer6 de Gaià, Honorable Juez del Principado de Cataluña por la gracia del pueblo catalán, dispongo:

Teniendo en cuenta que en teoria el acusado ha violado el Titulo Primero del Código Penal sancionado el 24 de disiembre del 1458 por las Cortes del Principado de Catalunya, en comprar un producto que no puede utilizar sin pedir los permisos necesarios, cometiendo así un delito de especulación.

Teniendo en cuenta que el acusado es de nivel 3 y por lo tanto debe conocer las leyes que rigen nuestro querido Principado.

Teniendo en cuenta que el acusado no tiene antecedents por el mismo delito de especulación.

Teniendo en cuenta que el acusado se ha presentado delante de este tribunal explicando el caso y considerandose inocente.

Teniendo en cuenta las explicaciones presentadas por la defensa que contienen muestras de los títulos I,III,IV i V de la Ley de Comercio.

Teniendo en cuenta las causad y la voluntad que ha esgrimido el acusado y su condición de alcalde y de noble.

Teniendo en cuenta la buena voluntad a la que nos obliga la Carta del Juez como documento más importante para los tribunales.

Teniendo en cuenta las declaraciones de la defensa presentadas por el Tiniente de Policia de Casp Longestic que demuestra la voluntad del acusado y sus acciones.

Teniendo en cuenta las declaraciones que han emitido la Fiscalia y el acusado.

Dictamino el siguiente veradicto:

El acusado Kossler es inocente de delito leve de especulación y por lo tanto lo libero de qualquier condena ta y como pide la Carta del Juez y como permiten nuestras leyes.

Si no esta de acuerdo con la sentencia le recuerdo que tiene 7 días para recurrir ante el Tribunal de Apelación.

Hecho el XV del XI de l'any MCDLIX, por Oleguer6 de Gaià


Acta de l'acusació.
La Fiscalia del Principat de Catalunya acusa al senyor Kossler, pel delicte d'especulació (estafa) segons el que estableix el Títol Primer de la Llei de Comerç i del Codi Penal aprovat el 9 de desembre de 1458 pel Govern de la Generalitat de Catalunya i sancionat el 24 de desembre de 1458 per les Corts del Principat de Catalunya, per comprar productes al mercat sense tenir ofici compatible i sense disposar dels permisos pertinents, en concret va comprar llenya siguen teixidor.
________________________________
La Fiscalía del Principat de Catalunya acusa al señor Talldall, por el delito de especulación (estafa) según lo establecido en el Título Primero de la Ley de Comercio y del Código Penal aprovado el 9 de diciembre de 1458 por el Gobierno de la Generalitat de Catalunya y sancionado el 24 de diciembre de 1458 por las Cortes del Principat de Catalunya, por comprar productos en el mercado sin tener oficio compatible y sin disponer de permisos.vender productos no fabricados por el sin tener los permisos pertinentes, en concreto compro leña siendo sastre.

Lugar i fecha de los hechos/Lloc i data dels fets: 6 de Noviembre de 1459
- Fecha de la denuncia/Data de la denúncia: 11 de Noviembre de 1459
- Delito/Delicte: Estafa

- Acusado/Acusat: Kossler
- Ficha del acusado/Fitxa de l'acusat: https://2img.net/r/ihimg/f/163/kossler.jpg/
- Nivel del acusado/Nivell de l'acusat: 3
- Residencia del acusado/Residència de l'acusat: Caspe

- Víctima: Galadrie
- Testigos/Testimonis:
- Pruebas/Proves: https://2img.net/r/ihimizer/img525/3723/pruebamu.jpg

- Antecedentes/Antecedents: Sin antecedentes
- Investigación realizada por:/Investigació realitzada per: A la vista de unas pruebas presentadas en la fiscalia para acusar a otra persona.
- Observaciones/Observacions: Comprar leña a nivel personal sin oficio compatible

Primer al·legat de la defensa.
El Duque de Caspe entró sobrio, en la sala donde se celebraba un juicio contra él. Cuando le llamaron al estrado subió sin inmutarse. Aclarándose la voz comenzó a hablar.

-Señor Fiscal, Señoría. -Dijo el noble caspolino. -Estoy aquí acusado del delito de especulación. Comenzaré pues, primeramente, Señoría, a explicar lo que no ha hecho el Señor Fiscal.

-En Caspe, existe una Ley de Precios Máximos a fecha del 17 de julio de 1459 (2011) que especifica que el precio máximo de venta de leña en Caspe es de 4,50 escudos. La Señora Galadrie vendió la leña a una cantidad de 4,60 escudos, vulnerando la ley (tal y como aparece en la prueba que muestra la fiscalía y que yo mismo aporté). Recordemos, pero, que los decretos municipales son de duración ilimitada hasta su derogación por el alcalde electo tal y como especifica el apartado d) del Artículo XVII de la Constitución del Principat de Catalunya. Aquí adjunto la parte que nos atañe sobre la Ley de Precios Máximos de Caspe. Pueden ver arriba la fecha de su emisión y casi abajo del todo el precio máximo de venta de los estéreos de leña (https://2img.net/r/ihimizer/img141/3462/prueba1yu.jpg).

Kossler hizo llegar las pruebas al juez y continuó.

-Seguidamente, y tras esta breve introducción procederé a mi defensa ante la acusación de Especulación. La fiscalía, escuda su acusación en el Titulo primero de la Ley de Comercio del Principat. Personalmente, Señoría, encuentro tal acusación absurda en su totalidad y le explicaré el porqué.

-Como he comentado anteriormente, Señoría, el precio máximo de venta de la leña en Caspe es de 4,50 escudos. Por tanto y al detectar una infracción de la ley me dispuse a averiguar quien era el infractor del único modo posible, comprando el producto. Si bien hubiera podido hacerlo con la Alcaldía, consideré que es malgastar el dinero público comprar leña a 4,60, cuando la propia Alcaldía la subministra a 4,10, razón por la cual descarté por completo esa opción. -Kossler tragó saliva y prosiguió. -Por lo tanto, sólo quedaba una opción, comprarla a titulo mío. De ese modo, el gasto lo hacia yo, en lugar de la alcaldía. Si por ejemplo la infracción hubiera sido por un estéreo de leña a 15... ¿dejaríamos que la alcaldía perdiera 11 escudos? Yo creo que no, pues es dinero que han pagado todos los conciudadanos y es por lo tanto dinero público. Comprar tales productos con la alcaldía, aunque fuera para denunciar supondría, para mi gusto, tirar el dinero del contribuyente. Eso sí es un delito para mi gusto. El delito de especulación que se me imputa se cumple cuando alguien con oficios incompatibles compra un producto que no es para su consumo propio a excepción de si se es un mercader autorizado. Y pregunto yo a la Fiscalía, Señoría, ¿acaso un Alcalde no es un mercader en el fondo? Además, el Alcalde es quien cede los permisos, junto con los policias de Caspe. Por lo tanto, permiso, tenía.

-Ahora bien, en el Artículo VI, apartado a) del Estatuto de Ciudadanía de Catalunya figura que todo ciudadano catalán tiene como deber denunciar una infracción de la ley. Si no se me permite comprar un producto (por no tener oficios compatibles) para emitir una denuncia se me están negando mis deberes como catalán de pleno derecho y lo que es peor, se está echando por tierra lo dicho en el Estatuto de Ciudadanía y pisoteando las leyes catalanas cual baldosas.

Luego Kossler miró al Fiscal y prosiguió.

-Ya termino Señoría. -Dijo el caspolino, que vió que se alargaba. -Quiero decir a la Fiscalía que mi nombre es Kossler, no Talldall. Para finalizar, quiero citar la acusación del Fiscal, Dani. El dice que se me acusa por: �comprar productos en el mercado sin tener oficio compatible y sin disponer de permisos. vender productos no fabricados por el sin tener los permisos pertinentes, en concreto compro leña siendo sastre.� -A lo que básicamente quiero aclarar que no he vendido tales productos, por lo que esa acusación es totalmente infundada.

-Resumiendo Señoría, la Fiscalía me acusa del delito de especulación, cuando un Alcalde, en el fondo, es un mercader autorizado y por tanto no incumple esa ley y, además de eso hemos demostrado que la acusación me niega uno de los deberes que concede el Estatuto de Ciudadanía Catalán y, finalmente, el informe de la denuncia presenta graves defectos de forma, acusando a un hombre que no soy yo y vertiendo injúrias sobre mi persona. Además, Señoría, quiero dejar una reflexión en el aire. ¿Si el policia tiene oficios incompatibles tampoco podría denunciar? ¿Es eso normal?

-Por eso, Señoría, pido la absolución de todos los cargos imputados y cito a Longestic al estrado. Buenas tardes.

Al·legat de l'acusació.
Dani se dirigió al acusado se puso a su lado y comenzó.

Sr. Kossler la leña no la compro usted como alcalde que no sería constitutivo de ningún delito, lo compro usted como ciudadano, y por lo tanto poco importa que sea usted Alcalde o que vaya a limpiar piedras a cambio del SMI, la ley es igual para todos y no importa el cargo que ostente.

La ley no contempla ninguna excepción para particulares y las leyes son de obligatorio cumplimiento ya puede ser usted noble, duque, duquesa, presidente, reina o lame culos del capitán del ejercito, esto es indiferente.

La ley es clara no se puede comprar un producto cuando no se tiene un oficio que permita su consumo. Ni más ni menos.

Que si que la señora vendedora a cometido un delito vendiéndolo nadie lo está discutiendo, ahora bien la ley obliga a denunciar los delitos cometidos no a cometerlos para poderlos denunciar, hasta el momento que usted lo compro esa señora no había cometido ningún delito, le parecía a usted justo que ella alegara que lo vendía intentando pillar algún comprador ilegal, como alega usted que lo compro para pillar a un vendedor ilegal ¿qué le diferencia a usted de la vendedora? su sangre es diferente?, la verdad es que no veo la respuesta.

A no espere la respuesta es que en Kosslelandia un país que ha debido usted imaginar existe una ley que permite a los alcaldes comprar lo que quieran a nivel personal por que son mercaderes...., ahora entiendo todo.

Con la ley no se pueden hacer excepciones por que generaría que su eficacia y su igualdad se vieran disminuidas. Yo como policía durante 3 años nunca he comprado un producto para el que no tenga oficio compatible y digo nunca. Si yo veía algo sospechoso me ponía en contacto con otras personas con oficios compatibles para en el caso de que requirieran su compra lo denunciaran inmediatamente, usted no el sherif del pueblo que pueda hacer lo que quiera por muchos títulos y por muy alcalde que sea, la ley no permite excepción.

Me parece vergonzoso que usted de tan poco valor a nuestro código penal y que se permita el lujo de actuar a su margen para al mismo tiempo decir que lo defiende, me parece vergonzoso, y le recomiendo que cada vez que toque un botón piense si nuestra ley se lo permite.

La fiscalía solicita se le imponga la pena máxima permitida para este delito a una persona sin antecedentes ya que el acusado no se muestra arrepentido y por lo tanto merece un castigo ejemplar que le permita valorar nuestra ley.

Darrer al·legat de la defensa.
El Duque comenzó a hablar, con tranquilidad.

-Nunca he dicho que la ley no sea igual para todos Señor Fiscal. Deberá escucharme mejor, es uno de mis derechos y ya se está usted saltando varias cosas a la torera hoy. Si afirmara que la ley no es igual para todos pediría lo que muchos harían en mi lugar. Un juicio de nobles contra mi, pues está entre mis derechos como noble catalán, pero no lo hago, atañendome a las leyes de todos, porque realmente creo que debe ser así.

-Citaré una frase suya, si me lo permite, Señor Fiscal, porque creo que tiene relación con lo que comentaré ahora. Usted ha dicho: �las leyes son de obligatorio cumplimiento ya puede ser usted noble, duque, duquesa, presidente, reina o lame culos del capitán del ejercito�. Usted, que conoce las leyes, puede recordar, o sino leer en el estatuto de Ciudadanía, dentro de los deberes de los ciudadanos, en el Artículo VI, apartado g), que citaré textualmente. �Los miembros del Estamento de la Ciudadanía ostentan los siguientes deberes: g) De guardar el debido respeto a sus vecinos e instituciones�. Dícese que el ejemplo siempre ha sido importante en nuestra sociedad. Puede empezar por ahí, cumpliendo sus deberes, Señor Fiscal, como buen ciudadano catalán que es. -Dijo el caspolino, ordenado unos papeles que tenia delante.

-Por otra parte, Señor Fiscal, le recomendaría debido a esto y muchas más cosas que se estudiase las leyes, pues está visto que no las debe conocer ni siquiera minimamente. Al vender un producto por encima del precio máximo establecido ya se está cometiendo un delito aunque, lógicamente, si no hay pruebas de quién es no puede abrirse un proceso judicial contra el infractor. -Dijo el Duque de Caspe, con tranquilidad. -Y por favor, no se líe a usted mismo. Creer que Galadrie vendió esa leña para �pillar� a un vendedor ilegal es algo totalmente carente de sentido, y usted lo sabe. Ha sido 3 años policía, por lo que tiene que saberlo y realmente me niego a creer que no lo sepa. Y le diré aun más. Usted me decía por qué puedo alegar que lo compré para castigar su ilegalidad. Se lo diré. Si hubiera sido un alcalde corrupto, ¿por qué compraría leña a 4,60 pudiendo vendérmela a mi mismo de la alcaldía a menos? Debe saber la respuesta, ha sido policía. Es sencillo Fiscal. Nadie, en un puesto de poder y siendo corrupto, compraría porque sí leña a 4,60 pudiendo vendérsela desde el ayuntamiento a precios irrisorios, lo que demuestra que esa leña fue comprada única y exclusivamente para denunciar al infractor de la ley y fue hecho de forma personal para no causar perjuicios a la alcaldia. Eso se llama honradez y compromiso. Además, puede mirar el Código Penal, Artículo IX. Verá que usted no ha dado la oportunidad de enmendar la �especulación� de que se me acusa. -Dijo el de Castelldú. -Por supuesto muchas cosas nos diferencian de Galadrie, como que ella ha infringido la ley y que no es ciudadana catalana. En parecido, ambos somos nobles, pero dudo que la sangre tenga mucho que ver en eso.

Kossler sonrió ante lo quue dijo el Fiscal.

-Fiscal, me sorprende, debo decir que no conocía ese país. Señoría, es preciso que conste en acta que hay un país nuevo. Creo que todo el mundo tiene derecho a saberlo. Seguro que alguien tendrá intereses en él. En conquistarlo claro. -Dijo el de Castelldú enarbolando una media sonrisa.

-No sé que es un Sherif Fiscal, pero suena a nombre musulmán, ¿podría explicarme que o quién es? Me gustaria saberlo. Cambiando de tema. El único ciudadano con potestad en tema de leyes es el Teniente de Policía de Caspe, don Longestic, que ha comentado hace unos instantes que estaba al tanto del proceso y lo aprobaba. -Dijo el caspolino, tomando una bocanada de aire. -Por otro lado, me está contando que siendo usted policia cuando veía un movimiento sospechoso permitía que este siguiera hasta que alguien lo denunciara. ¿Eso significa que usted permitía las infracciones de la ley sin hacer nada? ¡Acabáramos! No se me ocurre cosa peor. Los representantes de la ley y el orden permitiendo semejantes infracciones. A lo mejor soy mejor policía que cuando usted lo era, en el fondo, porque cuando veo una irregularidad la reporto de inmediato. De nuevo, si todo se hiciera como afirma usted, se niegan los deberes de los ciudadanos de denunciar a los infractores de la ley.

-¿Soy yo, por lo tanto, quien vulnera la ley? Creo que no Señor Fiscal. Y en este juicio se ha visto muy claro. Espero que su Señoría lo haya visto así también.

-Señoría, solo deseo que prevalezca la verdad y el honor, antes que la mentira y el partidismo que demuestra el Señor Fiscal en cada una de sus palabras. He aportado las pruebas necesarias y he sido claro y conciso en todo momento. Por eso, Señoría, sigo pidiendo la absolución de todos los cargos imputados.

La defensa ha cridat en/na Longestic
Aquest és el vostre testimoni:
Longestic al oírse nombrado sube al estrado y comienza a dar su alegación.

- Señor Fiscal, mi Señoría, quiero poner en su conocimiento que en Caspe sí que se dispone de una Ley de Máximo y mínimos de productos en el mercado como bien ha dicho el caballero Kossler.
También he de decir que estaba al tanto de la puesta en venta de los estéreos de leña en el mercado de la villa, el Señor Kossler me pidió permiso para poder comprar un estéreo a nivel personal, evitando así el malgasto de los gastos públicos de la villa, por lo siguiente le concedí el permiso para poder comprar un estéreo de tantos que puso para saber de qué vendedor se trataba y de quién estaba incumpliendo una Ley.

También quiero destacar que el Señor Kossler, es un caballero honrado.

Sin más que decir mi Señoría.

L'acusació ha cridat en/na Dani_el_rey
Aquest és el vostre testimoni:
En el acta de acusación hay un error tipografico en la traducción al castellano debiendo quedar de la siguiente manera:

----

En l'acta d'acusació hi ha un error tipografic en la traducció al castellà ha de quedar de la següent manera:

La Fiscalía del Principat de Catalunya acusa al señor Kossler, por el delito de especulación (estafa) según lo establecido en el Título Primero de la Ley de Comercio y del Código Penal aprovado el 9 de diciembre de 1458 por el Gobierno de la Generalitat de Catalunya y sancionado el 24 de diciembre de 1458 por las Cortes del Principat de Catalunya, por comprar productos en el mercado sin tener oficio compatible y sin disponer de permisos.vender productos no fabricados por el sin tener los permisos pertinentes, en concreto compro leña siendo sastre.

L'acusació ha cridat en/na Vilaragut
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