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 - Antecedentes de Gerwael

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MissatgeAssumpte: - Antecedentes de Gerwael   - Antecedentes de Gerwael EmptyDl Des 17 2007, 10:49

Enunciado del veredicto.
El acusado ha sido reconocido culpable de disturbio del orden público..
Yo, Daeglin, juez del Condado de Barcelona por la gracia del pueblo dictamino que:

Teniendo en cuenta que el robo es un delito penado en este condado.

Teniendo en cuenta que el atraco es un problema gravísimo en nuestro condado y que el acusado es un reincidente conocido, se tomará este delito de atraco, ya que el acusado pertenece a banda armada (Los Angelets) como "Traición" atendiendo al Art XXVI, apartado C, del Código Penal de Cataluña.

Teniendo en cuenta que el acusado es ciudadano extranjero y que ha incumplido la Ley foral de los Estamentos en su Art. XXXIV : "Los extranjeros deben declarar su presencia en el suelo aragonés al prefecto de los mariscales".

Teniendo en cuenta que al ser extranjero el reo no puede gozar de los derechos que se reflejan en la Ley Foral de los Estamentos en su Art. IX : "Todo súbdito de Aragón tiene derecho a someter sus quejas al tribunal de Aragón. Todo súbdito de Aragón tiene derecho a un pleito justo y contradictorio." y su Art. XI : "Todo súbdito tiene derecho a acudir ante el Real Tribunal de apelación"; se le niega el derecho a la apelación.

Teniendo en cuenta que dicha Ley Foral de los Estamentos considera el Art. XXXVII : "Ser extranjero siempre será considerado circunstancia agravante en caso de juicio."

Teniendo en cuenta las pruebas presentadas por el fiscal y el agravante de la falta de respeto a este tribunal al no presentarse el reo al juicio.

Condeno al acusado CULPABLE de Traición, atraco e incumplimiento de registro de extranjería. EL Teniente de policia de la oficina donde se presento la denuncia llevará al reo a la nave de su ciudad donde será flagelado en público (RP) mostrando la dureza de la justicia con este tipo de actitudes. Así mismo se le condena a una multa de 150 escudos y 7 días de prisión en los lóbregos calabozos del castillo condal donde permanecerá rodeado de la inmundicia que se le asemeja.

En el Condado de Barcelona a 13 de diciembre de 1455.
El acusado ha sido condenado a un pena de prisión de 7 días..


Acta de la acusación.

Se acusa al bandido Gerwael de desorden público por asalto y robo, es decir, desorden público por atracar a Macro de camino de Lérida a Tarragona.

Pruebas:

https://2img.net/r/ihimizer/img408/6109/atracogerwaeltf6.jpg

El acusado es reincidente por 3ª vez.
Primer alegato de la defensa.

El interesado no se ha presentado.
Alegato de la acusación.

La fiscalía pide una pena de prisión y una multa ejemplar, ya que el interesado ni se ha molestado en presentarse al tribunal y tiene el agravante de ser extranjero y de reincidir en el delito.
Último alegato de la defensa.

El interesado no se ha presentado.
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MissatgeAssumpte: Re: - Antecedentes de Gerwael   - Antecedentes de Gerwael EmptyDl Des 17 2007, 10:50

Enunciado del veredicto.
El acusado ha sido reconocido culpable de disturbio del orden público..
Yo, Daeglin, juez del Condado de Barcelona por la gracia del pueblo dictamino que:

Teniendo en cuenta que el robo es un delito penado en este condado.

Teniendo en cuenta que el atraco es un problema gravísimo en nuestro condado y que el acusado es un reincidente conocido, se tomará este delito de atraco, ya que el acusado pertenece a banda armada (Los Angelets) como "Traición" atendiendo al Art XXVI, apartado C, del Código Penal de Cataluña.

Teniendo en cuenta que el acusado es ciudadano extranjero y que ha incumplido la Ley foral de los Estamentos en su Art. XXXIV : "Los extranjeros deben declarar su presencia en el suelo aragonés al prefecto de los mariscales".

Teniendo en cuenta que al ser extranjero el reo no puede gozar de los derechos que se reflejan en la Ley Foral de los Estamentos en su Art. IX : "Todo súbdito de Aragón tiene derecho a someter sus quejas al tribunal de Aragón. Todo súbdito de Aragón tiene derecho a un pleito justo y contradictorio." y su Art. XI : "Todo súbdito tiene derecho a acudir ante el Real Tribunal de apelación"; se le niega el derecho a la apelación.

Teniendo en cuenta que dicha Ley Foral de los Estamentos considera el Art. XXXVII : "Ser extranjero siempre será considerado circunstancia agravante en caso de juicio."

Teniendo en cuenta las pruebas presentadas por el fiscal y el agravante de la falta de respeto a este tribunal al no presentarse el reo al juicio.

Condeno al acusado CULPABLE de Traición, atraco e incumplimiento de registro de extranjería. EL Teniente de policia de la oficina donde se presento la denuncia llevará al reo a la nave de su ciudad donde será flagelado en público (RP) mostrando la dureza de la justicia con este tipo de actitudes. Así mismo se le condena a una multa de 150 escudos y 7 días de prisión en los lóbregos calabozos del castillo condal donde permanecerá rodeado de la inmundicia que se le asemeja.

En el Condado de Barcelona a 13 de diciembre de 1455.
El acusado ha sido condenado a una multa de 150 escudos..


Acta de la acusación.

La fiscalía acusa al bandido Gerwael de Desorden público (asalto y robo)a Miercolum en el dia de nuestro señor 23/11/1455 en Lérida.

Tiene el agravante de reincidencia.

Pruebas:

http://img65.imageshack.us/my.php?image=denunxk1.png
Primer alegato de la defensa.

El interesado no se ha presentado.
Alegato de la acusación.

La fiscalía pide una pena de prisión y una multa ejemplar, ya que el interesado ni se ha molestado en presentarse al tribunal y tiene el agravante de ser extranjero y de reincidir en el delito.


Último alegato de la defensa.

El interesado no se ha presentado.
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MissatgeAssumpte: Re: - Antecedentes de Gerwael   - Antecedentes de Gerwael EmptyDl Des 17 2007, 10:52

Enunciado del veredicto.
El acusado ha sido reconocido culpable de disturbio del orden público..
Yo, Daeglin, juez del Condado de Barcelona por la gracia del pueblo dictamino que:

Teniendo en cuenta que el robo es un delito penado en este condado.

Teniendo en cuenta que el atraco es un problema gravísimo en nuestro condado y que el acusado es un reincidente conocido, se tomará este delito de atraco, ya que el acusado pertenece a banda armada (Los Angelets) como "Traición" atendiendo al Art XXVI, apartado C, del Código Penal de Cataluña.

Teniendo en cuenta que el acusado es ciudadano extranjero y que ha incumplido la Ley foral de los Estamentos en su Art. XXXIV : "Los extranjeros deben declarar su presencia en el suelo aragonés al prefecto de los mariscales".

Teniendo en cuenta que al ser extranjero el reo no puede gozar de los derechos que se reflejan en la Ley Foral de los Estamentos en su Art. IX : "Todo súbdito de Aragón tiene derecho a someter sus quejas al tribunal de Aragón. Todo súbdito de Aragón tiene derecho a un pleito justo y contradictorio." y su Art. XI : "Todo súbdito tiene derecho a acudir ante el Real Tribunal de apelación"; se le niega el derecho a la apelación.

Teniendo en cuenta que dicha Ley Foral de los Estamentos considera el Art. XXXVII : "Ser extranjero siempre será considerado circunstancia agravante en caso de juicio."

Teniendo en cuenta las pruebas presentadas por el fiscal y el agravante de la falta de respeto a este tribunal al no presentarse el reo al juicio.

Condeno al acusado CULPABLE de Traición, atraco e incumplimiento de registro de extranjería. EL Teniente de policia de la oficina donde se presento la denuncia llevará al reo a la nave de su ciudad donde será flagelado en público (RP) mostrando la dureza de la justicia con este tipo de actitudes. Así mismo se le condena a una multa de 150 escudos y 7 días de prisión en los lóbregos calabozos del castillo condal donde permanecerá rodeado de la inmundicia que se le asemeja.

En el Condado de Barcelona a 13 de diciembre de 1455.
El acusado ha sido condenado a una multa de 150 escudos..


Acta de la acusación.

La fiscalía acusa a Gerwael por desorden público al atracar a Astrit en Barcelona en dia de nuestro señor 25/11/1455.

-Pruebas:

https://2img.net/r/ihimizer/img216/4492/asaltoastritpj8.jpg
Primer alegato de la defensa.

El interesado no se ha presentado.
Alegato de la acusación.

La fiscalía pide una pena de prisión y una multa ejemplar, ya que el interesado ni se ha molestado en presentarse al tribunal y tiene el agravante de ser extranjero.
Último alegato de la defensa.

El interesado no se ha presentado.
La acusación ha llamado a Astrit

Este es su testimonio:
Creo que esta de mas su señoría decir algo... las pruebas que se presentaron hablan por si mismas... me da mucha pena y un poco de rabia tener que salir de mi ciudad a buscar el alimento que nos falta y al regresar sucedan este tipo de atracos a gente que buscamos el bien.

Este hombre no puede escudarse en ser extranjero, el tener una profesión (ser nivel 2) lo hace una persona preparada y por ende conocedora de sus actos.

Pido a su señoría que deje caer el peso de la ley que nos rige a todos como ciudadanos de estas hermosas tierras… Estas tierras que tanto nos dan, que nos enseñan a ser personas de bien…

Creo su señoría que no tengo nada más que agregar, gracias por escucharme.
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