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 [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado

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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDl Feb 23 2009, 06:35

Compañeros, pero he aqui algo que no entiendo, un juez solo ha de hacer caso a la Carta del Juez, por ella se rige no?

Bien, entonces como la Carta del Juez dice o hace notar, si no estoy equivocado, un juez ha de juzgar bajo su criterio y opinión, por lo tanto, no podemos obligar a un juez IG a abrir un juicio IG en nombre del TA RP, estamos violando la Carta del Juez que expresa que un juez no puede traer hecha la sentencia y menos aun sabiendo que esa sentencia es una sentencia ya sentenciada por él antes.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDl Feb 23 2009, 07:29

Entonces la solución es imponer que el jugador pague las multas al sargento de policia, mediante compraventa o lo que sea, y si no lo hace, traición.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDl Feb 23 2009, 10:03

Neo escrigué:
Compañeros, pero he aqui algo que no entiendo, un juez solo ha de hacer caso a la Carta del Juez, por ella se rige no?

Bien, entonces como la Carta del Juez dice o hace notar, si no estoy equivocado, un juez ha de juzgar bajo su criterio y opinión, por lo tanto, no podemos obligar a un juez IG a abrir un juicio IG en nombre del TA RP, estamos violando la Carta del Juez que expresa que un juez no puede traer hecha la sentencia y menos aun sabiendo que esa sentencia es una sentencia ya sentenciada por él antes.

Hay que distinguir entre un juicio IG iniciado por los tribunales ordinarios y un juicio auspiciado por el TAC. En el primero, el juez aplica las leyes vigentes según su criterio. En el segundo, el juez se limita a utilizar una herramienta IG para imponer el veredicto y la sentencia dictada por el TAC, y así lo debe hacer constar ese juicio.

Hay que observar que el TAC no tiene herramientas IG para aplicar penas. Por lo tanto si no queremos que el TAC sea inoperante en la práctica, debe servirse de la repetición del juicio IG, en el que el juez IG se limita a aplicar la sentencia impuesta por el TAC.

En caso de duda, podemos consultar a los admins. Pero de todas formas, la carta del Juez especifica que no puede ser juzgado dos veces por un tribunal de la misma instancia. Un juicio IG solicitado por el TAC ya no sería en la misma instancia.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDl Feb 23 2009, 23:00

Ermessenda escrigué:
Neo escrigué:
Compañeros, pero he aqui algo que no entiendo, un juez solo ha de hacer caso a la Carta del Juez, por ella se rige no?

Bien, entonces como la Carta del Juez dice o hace notar, si no estoy equivocado, un juez ha de juzgar bajo su criterio y opinión, por lo tanto, no podemos obligar a un juez IG a abrir un juicio IG en nombre del TA RP, estamos violando la Carta del Juez que expresa que un juez no puede traer hecha la sentencia y menos aun sabiendo que esa sentencia es una sentencia ya sentenciada por él antes.

Hay que distinguir entre un juicio IG iniciado por los tribunales ordinarios y un juicio auspiciado por el TAC. En el primero, el juez aplica las leyes vigentes según su criterio. En el segundo, el juez se limita a utilizar una herramienta IG para imponer el veredicto y la sentencia dictada por el TAC, y así lo debe hacer constar ese juicio.

Hay que observar que el TAC no tiene herramientas IG para aplicar penas. Por lo tanto si no queremos que el TAC sea inoperante en la práctica, debe servirse de la repetición del juicio IG, en el que el juez IG se limita a aplicar la sentencia impuesta por el TAC.

En caso de duda, podemos consultar a los admins. Pero de todas formas, la carta del Juez especifica que no puede ser juzgado dos veces por un tribunal de la misma instancia. Un juicio IG solicitado por el TAC ya no sería en la misma instancia.

Su primera párrafo ya va contra la Carta del Juez. Dicha carta dice que es EL JUEZ quien debe dictar sentencia bajo su criterio por lo tanto, que esa sentencia le venga hecha aunque sea por el TA es ilegal.

Y si, creo que lo mejor sera mandarlo a los admin aver que opinan.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDt Feb 24 2009, 10:55

no me escuchais...

Entonces la solución es imponer que el jugador pague las multas al sargento de policia, mediante compraventa o lo que sea, y si no lo hace, traición.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDc Feb 25 2009, 21:57

Entiendo Agik, pero con eso intentas decir que le impongamos la sentencia desde el TA sin juicio de por medio?
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDj Feb 26 2009, 06:31

Digo, si se tiene que modificar la pena, por ejemplo aumentandola. Damos nuestro veredicto, y este manda que el acusado aporte la diferencia a la victima/condado. Si el acusado no cumple, luego incurre a un desacato de la sentencia del TAC, por tanto, traició o alta tración..
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDj Feb 26 2009, 07:22

Entiendo el procedimiento, es muy burocratico. He enviado el articulo a halcon a ver si responde.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDv Feb 27 2009, 08:44

(Os toca discursito, tengo ganas hoy, pero por mucho que sea discurso pido que me leais porfavor)

Bueno, retrocedamos a la época en la que integrabamos en la Corona de Aragon y su Tribunal era el nuestro. Como bien sabemos, cuando se trata de leyes (o estatutos) la referencia obligada e inevitable son los antecedentes, empezando por los propios. En nuestro caso, el ejemplo mas cercano es el antiguo Tribunal de la Corona de Aragon y de él es de donde debemos buscar jurisprudencia y precedentes, ya que antes, era nuestro mismo Tribunal. Sabemos que ese Tribunal nunca funciono del todo bien, pero no fue precisamente por su estatuto, sino por la pasividad de sus integrantes. A lo que iba, ese estatuto no fue creado así por gente corriente (por asi decirlo) como nosotros, ese estatuto fue creado con los Admin del juego basandose en la Carta del Juez, es decir, la intención de los Admin., o por lo menos yo creo que fue así, fue la de crear una institución que velara por el cumplimiento de la Carta del Juez, algo asi como unos moderadores de la ley.

Después de explicar lo que creo que es la función principal pasemos a un tema mas expecifico. Si leemos los antiguos estatutos del Tribunal de la Corona de Aragon veremos como el primero permitia el aumento de penas, pero los admin. vieron que esa no era la función o la intención que querían darle y en el segundo estatuto podemos comprobar como ese aumento ha desaparecido y no esta permitido el aumento de penas.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDs Feb 28 2009, 00:06

Pues la verdad es que estoy de acuerdo. No es la función del TAC aumentar las penas, es absurdo que el acusado apele para que le aumenten la pena y si es el caso de que la Judicatura apele, otro absurdo. Pues la Judicatura ya habrá puesto la sentencia que quiere...
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDs Feb 28 2009, 01:30

Pero sí que podría solicitar el aumento de penas la víctima de un delito... Por ejemplo, podría solicitar una indemnización o un castigo mayor. O solicitar que se le declare culpable si se le ha declarado inocente.

O también puede solicitarlo el fiscal, si considera que la pena impuesta por el juez es inferior a lo que marca la ley.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDs Feb 28 2009, 02:56

Ermessenda escrigué:
Pero sí que podría solicitar el aumento de penas la víctima de un delito... Por ejemplo, podría solicitar una indemnización o un castigo mayor. O solicitar que se le declare culpable si se le ha declarado inocente.

O también puede solicitarlo el fiscal, si considera que la pena impuesta por el juez es inferior a lo que marca la ley.

Para este caso creo que lo mejor es citar una parte de la Carta del Juez:

Cita :
Control de penas aplicables

Las multas:
El juez siempre puede pronunciar una multa. Sin embargo antes de imponerlo, debe estar convencido de que la persona tiene la capacidad de pagarle. Un condenado no debe encontrarse con dinero en negativo.

Las penas de prisión:
El máximo para todas las infracciones no particulares es de 3 días. Sin embargo existen unos delitos particulares que por su gravedad sobre el equilibrio del juego y el interés general de los Reinos Renacientes pueden verse sancionados por una pena de prisión superior a 3 días:
- la brujería o multi-cuenta
- la especulación abusiva a gran escala
- el robo de las finanzas públicas
- el bandolerismo
- los crímenes de sangre
- la reincidencia manifiesta.

En caso de delitos particulares no reincidentes, las condenas máximas están relacionadas con el nivel del personaje de la manera siguiente:
- personaje de nivel 0 o 1: 3 días
- personaje de nivel 2: 6 días
- personaje de nivel 3 o más: 10 días.
Sin embargo, si los delitos son reincidentes, la pena de prisión podría ser aumentada sin sobrepasar jamás los 10 días.

Un personaje metido en prisión no es alimentado, y sufre pues las consecuencias relacionadas a esto hasta alcanzar el estado esquelético, luego es mantenido vivo hasta su liberación.

Las penas de muerte:

Un juez puede pronunciar la pena de muerte solamente si el acusado cometió un crimen de extrema gravedad o si el acusado reincide continuamente; o si el jugador está de acuerdo con el RP o desea abandonar el juego.

Las penas RP (picota, tortura, etc. ) :
Un juez puede pronunciar una pena RP, sin el acuerdo del jugador. Sin embargo, el RP podrá realizarse en el foro sólo con acuerdo del jugador.

Los destierros:

Destierro:
En ciertos casos graves (alta traición o bandolerismo) una provincia tiene el derecho a sustituir la pena de muerte o la pena de prisión por el exilio temporal (que no debe exceder de 3 meses). La provincia no puede prohibir a la persona desterrada a continuar poseyendo bienes en esta.
En los casos menos graves, al juez le será necesario tener el acuerdo del jugador para pronunciar el destierro.

Todo juez que sobrepase estas reglas a propósito de las diferentes penas se verá sancionado por un Tribunal de Apelación.

Por lo tanto, leyendo esto creo que lo que dijo Ermessenda queda totalmente invalidado por lo siguiente, si un juez impone una sentencia inferior a la que debe esta violando la Carta del Juez ya que esta carta impone las sentencias que se han de tomar tanto como limite máximo como mínimo. Y leyendo lo último que dice ese apartado comprobamos que si un juez no hace caso a la Carta del Juez tendremos el derecho de sancionarlo a él y no de aumentar las penas para que el juez quede libre de cargos por no cumplir bien su trabajo.

Espero haberme explicado bien.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDs Feb 28 2009, 10:25

No tiene nada a ver.

El TA es de las victimas y del fiscal/demandante.

EL TA puede dar o no la razon. Podria aumentar las penas en el caso de que la sentencia del juez fuera incorrecta.

Ej: El acusado es sentenciado a destierro por desorden publico al difamar a pamelo.

Si decimos que la sentencia no es valida el acusado se va sin mas?
El TA debera imponer una sentecia alternativa pues el acusado ha cometido un delito.

Este caso pasara poco, pero el TA no debe permeterse agujeros.

La tonica general sera dar(inocente) o no(culpable) la razon al sujeto a la sentencia, pero siempre hay excepciones.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDg Mar 01 2009, 01:50

Sigo tu ejemplo para explicartelo:

En ese caso tanto juez como el difamador son culpables:

Primero: El juez no puede condenar a una persona a destierro por difamación, por lo tanto ese juez tiene cita con el TA

Segundo: Claramente una persona no va a quedar libre de sus actos, se le impondra la pena adecuada a las pruebas presentadas y segun la ley vigente en el Principado (Eso dice mi articulo 6, creo recordar)


Y lo que dice al principio de que no tiene nada que ver, no entiendo, la Carta del Juez no tiene nada que ver en el TA?

Y sobre que el fiscal es de las victimas y el fiscal demandante no, el TA no es de nadie, el TA es una institución que debe asegurar que se cumplen las leyes por parte de todos, incluyendo las propias instituciones que se encargan de eso como el Tribunal de Cataluña, es mi punto de vista y ya lo explique antes. Creo que tenemos una funcion de moderadores mas que nada, y esa es la función que desde mi punto de vista por la que crearon en la Corona de Aragon los admin su Tribunal Supremo.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDg Mar 01 2009, 10:54

Cita :
Por lo tanto, leyendo esto creo que lo que dijo Ermessenda queda totalmente invalidado por lo siguiente, si un juez impone una sentencia inferior a la que debe esta violando la Carta del Juez ya que esta carta impone las sentencias que se han de tomar tanto como limite máximo como mínimo.

¿Quieres decirme dónde marca condenas mínimas la carta del juez? La he leído varias veces y no veo que imponga mínimos en ninguna parte.

Y si fuera así, razón de más. Si el Juez IG, por error o por cualquier otra razón, impusiera una pena menor a la legal, sea esta impuesta por la Carta del Juez o por el Código Penal, alguien tendrá que subsanar el error. Digo yo. Para eso están los tribunales de segunda instancia, para subsanar veredictos o sentencias incorrectas (que no cumplan las leyes).

Por otra parte, no creo que nos convenga inspirarnos en el TA de Aragón, institución que fue y sigue siendo inoperante, como todas las que pertenecieron a la Corona. (Por eso nos independizamos.)
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDt Mar 03 2009, 03:19

{Halcon} escrigué:
Arnazabal escrigué:
Buenos días,

estamos devatiendo el estatuto del tribunal de apelacion y nos urge una duda:

Cita :
Art. 6 La sentencia final del Tribunal de Apelación podrá anular, confirmar o modificar la sentencia del Tribunal de Justicia del Principado (veredicto, tipificación y castigo).
En el último caso, tanto el Juez como el Fiscal deberán llevar a cabo las acciones exigidas por dicha sentencia final, pudiendo ser estas acciones una o varias de las siguientes:

a) Modificación de los Archivos del Tribunal de Barcelona (añadiendo la sentencia final en los casos de moficación y confirmación de la sentencia),
b) Apertura de un nuevo juicio IG, que debe finalizar con la aplicación de la nueva condena especificada por el Tribunal de Apelación.
c) Anulación de penas, si esto fuera posible (penas de destierro).

Seria compatible con la carta del juez?

Cita :
Una persona no puede ser condenada dos veces a los mismos hechos reprochados por una instancia del mismo grado.

Entiendo que el TA es de grado superior que la justicia ordinaria. Entonces, se podria volver a abrir un juicio (IG) para saldar la nueva sentencia? en caso de que la sentencia existiera.

En principio el TA es RP y no tiene metodos para ejercer sus sentencias aunque en la cata del juez se nombra bastante y la obligacion del fiscal del gobierno a abrir un juicio para saldar la pena haria una institucion efectiva.


Arnazabal, juez del TA

Disculpa la tardanza, bueno, no podríais volver a juzgarle por el mismo delito y mismos cargos, no se podría repetir el juicio.

Otro tema es que el TA si que tiene poder IG, cuando un caso es resuelto por el TA este puede comunicarlo a los administradores del foro para que sea estudiado por ellos y llegado el caso intervenir. El TA es el filtro de control judicial de cada sector, los administradores les han conferido el poder de controlar que ningun juez/gobernador se pase de listo, por esta razón es muy importante la neutralidad de sus jueces y la calidad de los jugadores que lo integran ya que deben medirse por la regla de la jugabilidad de todos.

Si un TA emite una condena a un juez/gobernador/consejo/alcalde que supone un abuso de estos contra el resto de los jugadores debe informar a los administradores. Si un TA emite una sentencia partidista los administradores serán quienes regulen la situación ante las quejas de los jugadores.

Halcón
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDt Mar 03 2009, 03:27

Cita :
Art. 6 La sentencia final del Tribunal de Apelación podrá anular, confirmar o modificar la sentencia del Tribunal de Justicia del Principado. En el último caso, tanto el Juez como el Fiscal deberán llevar a cabo las acciones exigidas por dicha sentencia final, pudiendo ser estas acciones una o varias de las siguientes:
El Tribunal tendrá responsabilidad sobre:

a) Modificar los Archivos del Tribunal de Barcelona,
b) Reportar la nueva sentencia a los administradores en caso de modificación o anulación de la pena.
c) Anulación de penas, si esto fuera posible (penas de destierro).

Como alternativa propogno este nuevo artículo.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDt Mar 03 2009, 06:28

Ok.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDt Mar 03 2009, 09:42

Vale. Me parece bien. Si los admins se encargan de cambiar las sentencias o anular sus efectos, entonces no hace falta otro juicio IG.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDt Mar 03 2009, 10:21

Cita :
Acciones del Tribunal de Apelación

Art. 4 - El Tribunal de Apelación tiene la potestad de modificar, confirmar o anular una sentencia del Tribunal de Justicia a petición de cualquiera de las partes afectadas o del Fiscal. En ningún caso podrá iniciar un proceso al margen de los Tribunales de Justicia del Principado, y evitará invadir las competencias de éste. No obstante, de acuerdo a las normas imprescriptibles, el Tribunal de Apelación deberá responder al Juez del Tribunal de Catalunya de ser requerida una consulta prejudicial sobre alguna duda en juicio.

Art. 5 - Las decisiones del Tribunal de Apelación se basarán siempre en la interpretación de la Constitución Catalana, el Código Penal Catalán y del resto del cuerpo legal vigente en el Principado. Así como en la Carta del Juez y las normas imprescriptibles.

Art. 6 La sentencia final del Tribunal de Apelación podrá anular, confirmar o modificar la sentencia del Tribunal de Justicia del Principado.
El Tribunal tendrá responsabilidad sobre:

a) Modificar los Archivos del Tribunal de Barcelona,
b) Reportar la nueva sentencia a los administradores en caso de modificación o anulación de la pena.
c) Anulación de penas, si esto fuera posible (penas de destierro).


Art. 7 - En caso de que haya una falta contra la Carta del Juez. Es deber del Tribunal de Apelación comunicar la resolución sobre la falta al Tribunal de la Santa Inquisición, quien tomará las medidas pertinentes.

Art. 8 - Las leyes del Principado serán las que establezcan la forma de procesar a la nobleza y el clero.

Art.9 - El Tribunal de Apelación de Catalunya podrá vetar una ley aprobada por las Cortes, si ésta provocara una invasión de competencias entre instituciones o entrara en conflicto con leyes de rango superior. Tanto las Cortes como sus síndicos individualmente tienen derecho a consultar la opinión del Tribunal de Apelación, antes de la aprobación de una ley, si existieran dudas sobre conflictos con leyes de rango superior o invasión de competencias.

Art. 10 -Es potestad del Tribunal de Apelación la creación de jurisprudencia en su interpretación de las leyes y de los estatutos.

Bien, parece que los admin. también ven en el TA unos moderadores mas que otra cosa.

PD: Creo que ahora deberíamos votar el estatuto entero.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDc Mar 04 2009, 03:14

Me corrijo a mi mismo, ahora releyendo el articulo seis apartado b) creo que deberiamos expecificar que avisaremos a los admin solo en los casos que asi las leyes lo estipule (violar la carta del juez u otros ejemplos) sino, por lo que dice el articulo seis deberiamos informar todo el rato a los admin. Nose si me explique muy bien.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDj Mar 05 2009, 03:51

La question esta en que los administradores no haran efectiva ninguna resolucion del TA por modificación o anulación de la pena si nadie se lo dice oficialmente.

Al ser el TA bastante FRP juzgara muchos casos de violacion de la carta, por lo que siempre deberemos dar parte a los administradores. Menos los casos confirmados sobre el juicio del tribunal de primera instancia.
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDj Mar 05 2009, 09:31

Pero nuestro trabajo no solo se centra en la carta del juez, hay otras leyes también que deberemos vigilar no? es a lo que me refiero, que cuando sea la carta del juez de acuerdo en enviar a los admin (es más, lo prefiero) pero si es por algo del codigo penal u otras leyes también enviaremos la sentencia a los admin?
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDv Mar 06 2009, 07:03

Si queremos que hagan efectiva la nueva sentencia IG o retiren la anterior IG deveremos cumunicarselo Smile
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MissatgeAssumpte: Re: [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado   [Debate Estatutos] Acciones del TA--> Aprobado - Página 4 EmptyDv Mar 06 2009, 07:25

Arnau escrigué:
Si queremos que hagan efectiva la nueva sentencia IG o retiren la anterior IG deveremos cumunicarselo Smile

Exacto.
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